Senado aprueba abrogación de parte de las leyes ‘incendiarias’ y las remite a Diputados para su revisión

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Senadores sensionaron en Uyuni.

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En una sesión realizada en Uyuni, el Senado aprobó este jueves dos proyectos de ley que abrogan parte de las normas “incendiarias” que están cuestionadas en la actual coyuntura de quemas y contaminación en Bolivia.

Primero se aprobó la abrogación de la Ley 1171 (de uso y manejo racional de quemas), una de las normas señalada por ser permisiva con los incendios.

Asimismo, se aprobó la abrogación de la Ley 337 (de apoyo a la producción de alimentos y restitución de bosques) y sus subsecuentes leyes 502, 739 y 952. Estas normas fueron cuestionadas por dar un “perdonazo” a los desmontes y quemas.

Las senadoras de Comunidad Ciudadana, Silvia Salame y Daly Santa  María, justificaron la abrogación de estas normas, bajo el argumento de los impactos al medio ambiente y la fauna silvestre en el país. El jefe de bancada “evista” Hilarión Mamani también expresó apoyo, a tiempo de advertir que la Asamblea no puede quedar como si no hiciera nada ante el problema de los incendios.

La senadora del MAS por Beni, Roxana Nacif, rechazó la abrogación de dichas normas, bajo el argumento de que afectaría a los ganaderos de su región. Sin embargo, tanto las representantes de CC como el senador Mamani se comprometieron a trabajar de inmediato otra ley para el sector productivo. 

El presidente del Senado, Andrónico Rodríguez, dispuso que las leyes aprobadas sean remitidas a la Cámara de Diputados para su revisión.

Sin embargo, las denominadas leyes incendiarias son al menos ocho, según un recuento del CEJIS. Las citadas leyes y normas son:

  • La Ley 337 promulgada como medida excepcional para “perdonar” los desmontes y quemas ilegales. Su vigencia fue ampliada varias veces hasta 2017 por las leyes 502, 739 y la 952 con el argumento de aportar al Programa de Productores de Alimentos y Restitución de Bosques.
  • La Ley 740 de Ampliación del Plazo de Verificación de la Función Económica Social, por la cual se suspende las reversiones de tierras no saneadas con el justificativo de garantizar la soberanía y seguridad alimentaria.
  • La Ley 741 de Autorización de desmonte para pequeñas propiedades para actividades agrícolas y pecuarias en tierras de uso forestal permanente, que además exime del pago de patentes por una superficie de 20 ha eliminadas por pequeños propietarios o propietarios comunales.
  • La Ley 1098 promueve la ampliación de los cultivos para la producción, almacenaje, transporte, comercialización y mezcla de aditivos de origen vegetal (etanol anhidro y biodiesel), dada la crisis de importación de carburantes.
  • La Ley 1171 de Uso y Manejo Racional de Quemas a través de la cual se definen lineamientos para el manejo del fuego de manera “racional”, estableciendo sanciones leves y un “perdonazo” o regularización para quienes no cumplieron con las sanciones. 
  • El Decreto Supremo 3973, modificó el Decreto Supremo 26075, de 2001, para autorizar desmontes con fines agropecuarios en tierras privadas y comunitarias en los departamentos de Santa Cruz y Beni, además de permitir las “quemas controladas” en función del respectivo Plan de Uso de Suelos. 
  • Ley departamental 093 por la que se aprueba el cambio en el Plan de Uso de Suelo del departamento del Beni promoviendo las actividades agropecuarias intensivas y extensivas y la explotación de recursos forestales, sin consulta a los pueblos indígenas que habitan los 18 territorios del departamento.
  • El Decreto Supremo 4334 que permite el desmonte en los departamentos de Santa Cruz y Beni en las áreas dispuestas por el Plan de Uso de Suelos (PLUS) a criterio reglamentario de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra (ABT).

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