Minería: el consenso no puede dejar territorios fuera

Editorial

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Sumando Voces

Hay algo que debería preocupar en la construcción del nuevo Código Minero. Mientras el Gobierno acelera la elaboración del borrador y anuncia que estará listo en las próximas semanas, sectores como los mineros asalariados y los cooperativistas reclaman su incorporación. Y más significativa aún es la ausencia de los pueblos indígenas y comunidades de los territorios donde la actividad minera deja buena parte de sus impactos.

El Ministerio de Minería informó que 12 delegados trabajan de manera permanente con el apoyo de 167 especialistas y que ya fueron revisados 113 artículos, equivalentes a un avance de 35%. El problema aparece cuando se observa quiénes están sentados en esa mesa y, sobre todo, quiénes no están.

Los mineros asalariados y la Federación Nacional de Cooperativas Mineras (Fencomin) no participan actualmente de la redacción. Ambos sectores han cuestionado la metodología adoptada y reclaman formar parte de la construcción de la norma. No se trata de actores secundarios: la propia Constitución Política del Estado reconoce a los sectores estatal, privado y cooperativo como actores de la actividad minera.

Pero hay una ausencia todavía más significativa: la de los pueblos indígenas y comunidades que habitan territorios donde la minería produce impactos.

Organizaciones como Contiocap y CPILAP denunciaron que no fueron incorporadas a la mesa técnica, pese a representar a poblaciones que conviven con los efectos de la actividad extractiva. Sus denuncias incluyen contaminación de ríos y suelos, afectación de la pesca y de actividades de subsistencia, deforestación y avance de operaciones mineras en territorios indígenas y áreas protegidas.

Esta ausencia no puede ser considerada un detalle de procedimiento. La Constitución reconoce a las naciones y pueblos indígena originario campesinos el derecho a ser consultados, mediante procedimientos apropiados y a través de sus instituciones, cuando se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles. También establece la consulta respecto de la explotación de recursos naturales no renovables en sus territorios.

La discusión, por tanto, no debería limitarse a quienes extraen minerales, invierten, regulan o administran la actividad. También debe escuchar a quienes viven en los territorios donde esa actividad ocurre.

Más aún cuando los impactos no son una discusión abstracta. La Defensoría del Pueblo acaba de advertir sobre afectaciones y riesgos vinculados a la minería para derechos como la vida, la salud, el agua, la alimentación y el medio ambiente sano, además de abordar la situación de los pueblos indígenas, el acceso a información y la justicia ambiental. Entre sus recomendaciones plantea fortalecer la prevención, fiscalización y control, así como garantizar la participación y el acceso a información de las poblaciones afectadas.

Esto importa también porque algunas de las propuestas surgidas de la primera etapa de discusión ya generan controversia. Entre ellas están redefinir los alcances de la consulta previa, limitar la posibilidad de que municipios se declaren libres de minería y eliminar determinados requisitos vinculados al uso de suelo. Son asuntos que afectan competencias territoriales, derechos colectivos y mecanismos de protección ambiental; por eso requieren una deliberación amplia, no solo técnica.

Un nuevo Código Minero necesita seguridad jurídica. Pero la seguridad jurídica no se construye únicamente dando certezas a quienes realizan una actividad económica. También supone reglas claras para el Estado, para las empresas, para los trabajadores, para las cooperativas, para las comunidades y para los pueblos cuyos territorios pueden resultar afectados.

La experiencia boliviana demuestra que una norma construida sin suficiente participación puede terminar generando nuevos conflictos en lugar de resolver los existentes. Y si el propósito declarado del actual proceso es alcanzar una normativa basada en el consenso, ese consenso no puede entenderse como el acuerdo entre quienes ya están dentro de la mesa.

Hay una oportunidad para ampliar la conversación antes de cerrar el borrador. Incorporar a los sectores mineros que hoy cuestionan su exclusión, pero también a las organizaciones indígenas y comunidades afectadas, a especialistas ambientales y a otros actores territoriales puede hacer más compleja la discusión. Sin embargo, una deliberación más compleja es preferible a una norma que nazca con cuestionamientos sobre su legitimidad.

La construcción de esta norma tampoco puede hacerse al margen de los compromisos internacionales asumidos por Bolivia. El Convenio 169 de la OIT obliga a consultar a los pueblos indígenas cuando se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente y establece garantías específicas cuando la explotación de recursos naturales puede perjudicar sus intereses.

A esto se suma el Convenio de Minamata sobre el Mercurio, ratificado por Bolivia en 2016 y vigente desde 2017, que establece obligaciones jurídicamente vinculantes para proteger la salud y el medio ambiente frente a las emisiones y liberaciones de mercurio, un asunto especialmente relevante para la actividad minera.

También debe considerarse el Acuerdo de Escazú, ratificado por Bolivia mediante la Ley 1182 y vigente para el país desde 2021, que establece estándares sobre acceso a información ambiental, participación pública y justicia ambiental. No son referencias accesorias: forman parte del marco jurídico que debe orientar una nueva legislación minera. La propia Constitución establece que los tratados internacionales tienen jerarquía superior a las leyes y que los instrumentos internacionales de derechos humanos con normas más favorables deben aplicarse preferentemente.

Bolivia necesita una minería que genere ingresos, empleo e inversión, pero también que responda por sus impactos y respete los derechos reconocidos por la Constitución. Esa discusión no puede resolverse únicamente desde la perspectiva de cuánto se extrae, cuánto se exporta o cuánto se recauda.

Un Código Minero que aspire a durar debe ser capaz de responder también a una pregunta esencial: ¿quiénes participaron en su construcción y quiénes tendrán que vivir con sus consecuencias? La respuesta no puede dejar a nadie fuera. Porque un consenso entre pocos puede producir un texto, pero difícilmente construirá una norma legítima y sostenible.

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