RIMAY PAMPA
La Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM) debe cumplir con la consulta previa al Territorio Indígena Originario Campesino “Jach’a Marka Tapacarí Condor Apacheta” (TIOC JMTCA) de la provincia Poopó y, entre tanto, paraliza las operaciones mineras de la Empresa Minera Nilzer SRL en la comunidad de Ticaña.
La determinación de la Sala Constitucional 1ra del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro fue asumida la tarde de ayer, miércoles 31 de enero, que resolvió conceder la tutela a favor de las autoridades originarias de la TIOC JMTCA, sin anular el contrato administrativo, pero disponiendo que el AJAM Oruro paralice temporalmente la operación minera por afectar los derechos del pueblo indígena.
La AJAM debe cumplir con la consulta previa a todo el pueblo indígena, además la empresa minera debe contar con su licencia ambiental, ya que el derecho a la Consulta es irrenunciable para los pueblos indígenas, conforme lo establece los instrumentos internacionales, el Convenio 169 de la OIT y otros.
Las autoridades originarias accionantes expresaron su satisfacción con la resolución y toman como un alivio ante la arremetida de una empresa minera en un territorio netamente ganadero y agrícola, que no simplemente contaminaría la zona, sino que ya comenzó a dividir a los pobladores del territorio.
Ronald Cruz Martínez, abogado patrocinante de las autoridades originarias afirmó que “el pueblo indígena seguirá en lucha por sus derechos colectivos y no permitirán la contaminación de sus aguas dulces y zonas de pastoreo y sembradío».
El Territorio Indígena Originario Campesino “Jach’a Marka Tapacarí Condor Apacheta” (TIOC JMTCA) es una micro región altamente productiva en ganado vacuno, cuyos derivados de la leche abastecen a los mercados de Challapata, Oruro, Potosí, Sucre, Llallagua, Cochabamba y La Paz.
En agricultura producen papa, cebada, haba, quinua, plantas forrajeras. Además, es una reserva de agua dulce, cuyo potencial se pone en riesgo por la minería.
La acción constitucional fue presentada en la gestión 2023 e interpuesta por el Consejo de Autoridades 2023, en coordinación con las autoridades originarias de este 2024.
Demandaron mediante una acción popular la nulidad del “Contrato Administrativo Minero por Adecuación AJAM/DDOR/CAM/00057/2020 de fecha 18 de noviembre de 2020, y el “Contrato Administrativo Minero por Adecuación AJAM/DDOR/CAM/00056/2020 de fecha 18 de noviembre de 2020” de la EMPRESA MINERA NILZER S.R.L., la misma fue concesionada inicialmente en la gestión 2005 y 2006, sin consulta previa al pueblo indígena de “Jacha Marka Tapakari Cóndor Apacheta”.
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