Grooming, sextorsión y difusión de material de abuso sexual: alertan sobre violencia digital contra menores de edad

Derechos Humanos

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Yenny Escalante

Foto referencial tomada de Save the Children

Foto referencial tomada de Save the Children

El grooming, la sextorsión y la difusión no consentida de material de abuso sexual infantil son algunas de las formas de violencia que amenazan a niñas, niños y adolescentes en entornos digitales. Ante estos riesgos, el defensor del Pueblo, Pedro Callisaya, pidió fortalecer las medidas de prevención, protección y atención para garantizar los derechos de esta población.

Callisaya realizó la advertencia durante el webinar “Protección de niñas, niños y adolescentes frente a la violencia sexual en entornos digitales: desafíos para las Defensorías del Pueblo de Iberoamérica”, organizado por la Secretaría Técnica de la Red de NNA de la Federación Iberoamericana del Ombudsperson (FIO).

La autoridad señaló que la transformación digital amplió las oportunidades de aprendizaje, participación e interacción, pero también propició nuevas formas de violencia que requieren respuestas oportunas. Entre los factores de riesgo mencionó las limitaciones en la orientación, la alfabetización digital y los mecanismos de protección en línea.

De acuerdo con datos de UNICEF citados en el encuentro, uno de cada tres usuarios de internet en el mundo es niña, niño o adolescente. Asimismo, más de 175.000 niñas y niños acceden a internet por primera vez cada día, lo que plantea nuevos desafíos para garantizar su seguridad en las plataformas digitales.

El grooming consiste en el acercamiento de una persona con fines de abuso o explotación sexual; la sextorsión implica amenazas o extorsiones relacionadas con contenido íntimo, mientras que la difusión no consentida de material de abuso sexual infantil vulnera la integridad y los derechos de las víctimas.

Frente a esta problemática, Callisaya recordó que los artículos 19 y 34 de la Convención sobre los Derechos del Niño establecen la obligación de los Estados de adoptar medidas para proteger a esta población contra la violencia, el abuso y la explotación sexual. También mencionó los compromisos internacionales orientados a prevenir y sancionar estas conductas.

En Bolivia, la Ley Nº 1636, para la protección de la integridad sexual de niñas, niños y adolescentes, incorpora al Código Penal disposiciones relacionadas con conductas que vulneran la integridad sexual mediante medios digitales o simulaciones digitales. Además, establece mecanismos de prevención, protección, atención y reparación para las víctimas, así como medidas para resguardar sus datos personales e imágenes.

Al finalizar su intervención, el Defensor del Pueblo exhortó a las instituciones de la región a fortalecer el diálogo y la cooperación para identificar desafíos comunes y establecer acciones conjuntas frente a la violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes en entornos digitales.

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