El Estado boliviano y la deuda con los PIACI

Opinión

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Juan Pablo Marca

El pasado jueves 12 de junio de 2025 se llevó a cabo en Santa Cruz de la Sierra un evento de notable relevancia para la región y, especialmente, para los derechos de los pueblos indígenas en Bolivia: el Encuentro Internacional “Reconocimiento y protección a la existencia de pueblos indígenas en aislamiento en la Amazonía y el Chaco”. Organizado por el Centro de Estudios Jurídicos e Investigación Social (CEJIS) y el Grupo de Trabajo Internacional sobre Pueblos Indígenas en Aislamiento y Contacto Inicial (GTI PIACI), el evento reunió a representantes de diversas organizaciones indígenas de Bolivia y Paraguay, expertos de Colombia, Brasil, Paraguay y Bolivia, así como a autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional, el Viceministerio de Justicia Indígena Originaria Campesina, la Defensoría del Pueblo, el Instituto Nacional de Reforma Agraria, entre otras entidades.

El acto central fue la presentación del Informe Regional sobre principios y directrices para la formulación de metodologías de reconocimiento de la existencia de pueblos indígenas en aislamiento, a cargo del antropólogo Antenor Vás. Este informe tiene como objetivo proporcionar un marco orientador que permita a organizaciones indígenas, ONG y Estados diseñar metodologías adaptadas a contextos y territorios específicos para el reconocimiento formal de la existencia de pueblos indígenas en situación de aislamiento.

Este encuentro no solo sirvió para visibilizar las realidades de pueblos indígenas en aislamiento en Bolivia—como los Ayoreo, Araona, Chácobo, Ese Ejja, Mosetén, Pacahuara, T’simane, Toromona, Yuqui y Yuracaré—, sino que también evidenció una verdad incómoda: Bolivia cuenta con un marco legal avanzado y progresista en defensa de los PIACI, pero carece de la voluntad política para implementarlo de manera efectiva.

La Constitución Política del Estado (CPE), aprobada en 2009, reconoce en su Artículo 31 a los PIACI, garantizando su derecho a permanecer en esa condición, así como la protección legal de los territorios que habitan. Esta disposición no fue producto del azar, sino el resultado de la activa participación de organizaciones indígenas y de la sociedad civil en la Asamblea Constituyente, donde CEJIS y otras organizaciones como la Central Ayorea Nativa del Oriente Boliviano (CANOB) defendieron firmemente su inclusión.

No obstante, desde la promulgación de la Ley N.º 450 en diciembre de 2013 —que establece medidas de protección para pueblos en situación de alta vulnerabilidad—, su implementación ha sido excesivamente lenta. Recién en septiembre de 2022, mediante el Decreto Supremo N.º 4793, se avanzó en su reglamentación. Este decreto creó el Comité de Protección a Pueblos Indígenas y la Dirección General de Protección a Naciones y Pueblos Indígena Originarios (DIGEPIO), pasos importantes pero tardíos, cuyos efectos aún distan de lo esperado.

El Encuentro Internacional fue, en este sentido, una radiografía del desencuentro entre la normativa existente y su aplicación efectiva por parte de las instituciones estatales. Representantes indígenas y especialistas coincidieron en que, si bien existen leyes, estas no se aplican como deberían. El problema ya no es la falta de normativa, sino la desarticulación institucional, la falta de coordinación y, sobre todo, la ausencia de voluntad política. Las entidades encargadas de garantizar derechos —como la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra (ABT), el Servicio Nacional de Áreas Protegidas (SERNAP), entre otras— operan de forma descoordinada y, en ocasiones, con acciones que directamente vulneran los derechos de los PIACI.

Durante el evento, las denuncias fueron contundentes: mientras algunas instancias estatales impulsan políticas de protección, otras otorgan concesiones para actividades extractivas o de infraestructura en territorios potencialmente habitados por pueblos en aislamiento o contacto inicial. Esta contradicción revela una lógica de desarrollo aún anclada en el extractivismo, incapaz de integrar un enfoque de precaución y respeto por el principio de no contacto y la autodeterminación.

En efecto, los principios de no contacto, precaución y cooperación internacional fueron reiteradamente señalados como fundamentales. No se trata únicamente de reconocer derechos sobre el papel, sino de comprender que los pueblos en aislamiento tienen derecho a vivir sin ser perturbados. El Estado, sus instituciones y la sociedad en su conjunto deben garantizar ese derecho por encima de intereses económicos o políticos.

En este contexto, DIGEPIO fue identificada como la institución con mayor responsabilidad para articular las acciones estatales a favor de los PIACI. Sin embargo, también quedó en evidencia su limitada capacidad operativa frente a la magnitud del desafío. La existencia de una institución no es suficiente; es imprescindible dotarla de recursos, competencias claras y respaldo político para que cumpla su rol de manera efectiva.

El diagnóstico es claro: Bolivia dispone de un marco legal que podría considerarse entre los más avanzados de Sudamérica en materia de protección de pueblos indígenas en aislamiento. Pero la brecha entre el reconocimiento formal y la práctica concreta sigue siendo profunda. Como señaló el embajador de España durante el acto inaugural, es fundamental que exista coherencia entre la ley y la vida real. De lo contrario, los derechos constitucionales corren el riesgo de convertirse en meras declaraciones simbólicas.

A esto se suma una dimensión transfronteriza que complica aún más la situación de algunos pueblos en aislamiento. El caso del pueblo Ayoreo —presente tanto en Bolivia como en Paraguay—, así como el de los Ese Ejja y Toromona —cuyos territorios abarcan zonas de Bolivia y Perú—, exige acciones coordinadas entre varios Estados. Experiencias como las de Iniciativa Amotocodie en Paraguay, CEJIS en Bolivia, articuladas a través del GTI PIACI, demuestran que es posible construir estrategias y metodologías compartidas para proteger sus territorios y su forma de vida, basada en el aislamiento como una decisión legítima de supervivencia.

La gran lección del Encuentro Internacional y del Informe Regional presentado en Bolivia es contundente: los PIACI deben ocupar un lugar prioritario en la agenda del Estado, sus instituciones y la sociedad civil. La acción debe ser inmediata, decidida y coherente. Cada día sin implementación efectiva pone en riesgo la vida de pueblos que, por decisión propia, han optado por vivir al margen de la sociedad mayoritaria. Defender su derecho a existir en aislamiento no es un capricho ideológico, sino una obligación moral, jurídica y política para cualquier Estado que afirme respetar la dignidad humana en toda su diversidad.

Es hora de que el Estado boliviano, sus instituciones y la sociedad en su conjunto dejen de tratar estos derechos como asuntos secundarios o meramente simbólicos. El respeto a los pueblos indígenas en aislamiento voluntario debe constituir un eje rector de las políticas públicas en los ámbitos rural, forestal, agrario y de desarrollo. Porque protegerlos a ellos es también proteger la memoria espiritual y biocultural de nuestros territorios, defender la vida y comenzar a saldar una deuda histórica que aún sigue pendiente.

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Juan Pablo Marca es politólogo e investigador social del CEJIS

Las opiniones de nuestros columnistas son exclusiva responsabilidad de los firmantes y no representan la línea editorial del medio ni de la red.

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