¿Cómo la nueva Ley 1173 vulnera los derechos de las mujeres víctimas de violencia?

Opinión

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Rodolfo Huallpa

Indicep

En Bolivia se registraron más de 100 casos de feminicidios este 2019 y Cochabamba es el segundo departamento con mayor índice de violencia y feminicidios con 21 casos.

Frente a esta situación, el Colectivo Mujeres de Fuego se declaró en estado de emergencia desde que entró en vigencia el 5 de noviembre la Ley 1173 de Abreviación Procesal Penal, ya que vulnera los derechos de las víctimas, tratados internacionales y  deja en la indefensión procesal.

Con esta Ley 1173, las víctimas tendrán que demostrar los elementos arraigadores junto a la Fiscalía. Para una víctima eso es tiempo y dinero, esto quiere decir domicilio, trabajo, familia y fuga. Realizando un sondeo de la carga laboral para las fiscales especializadas para víctimas de atención prioritaria, tienen 800 casos cada una, lo que derivará en más retardación procesal e impondrá mucho más trabajo a las funcionarias.

Una de las falencias que se tiene desde la Ley 348 son las medidas de protección, las cuales no se aplican en su totalidad. Ahora con la Ley 1173, una de las causales de revocatoria de las medidas sustitutivas de un agresor será el incumplimiento de las medidas de protección, lo  que permitiría aplicar una medida más gravosa e incluso la detención preventiva, pero el artículo de la misma ley señala que ante el incumplimiento de las medidas de protección (aplicables en los casos en los que las víctimas son mujeres o niños) se instruirá una detención de tres días  como mínimo y seis días,  como máximo

Cuando los agresores sean aprendidos en flagrancia o plena comisión del delito,  la víctima deberá conseguir las pruebas para los elementos arraigadores, lo cual dificulta que se  garantice la detención preventiva de los agresores, esto igualmente es tiempo y dinero para las víctimas.

La Ley 1173 prevé que la detención preventiva de un agresor durará máximo seis meses, que acortan los procedimientos que justifica la ley 1173, sabiendo que vivimos una retardación de justicia que ya está colapsada, las pericias del IDIF tardan de tres meses a un año para la entrega de los resultados, el curso de las investigaciones que se alargan por la recarga de procesos, si bien debemos decir como víctimas los procesos duran generalmente entre dos a tres años para llegar a un juicio oral.

Hoy nos vemos sorprendidas porque los agresores que están con sentencia y otros en etapa de investigación, ya están empezando a pedir cesación a la detención preventiva con la Ley 1173, el Ministerio Público tendrá que fijar un plazo para los actuados que falten, al concluir se procederá a liberar a estos agresores, lo cual deja en un estado de indefensión y vulnerabilidad a las víctimas, más aun cuando ya no habrán oficiales de diligencias, porque esta oficina gestora desde la Ley 1173 no se ha promovido la misma, según la modificación que realiza la Ley 1226 a la Ley 1173.

Ángela Grisel Nogales Rivas

Ella es fundadora y representante del colectivo Mujeres de Fuego de Cochabamba

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