Salar de Uyuni. Foto: Fundación Solón
El ampliado de la Central Provincial de Comunidades Originarias de Nor Lípez (CUPCONL), realizado el 15 de junio, determinó prohibir el ingreso de las empresas extranjeras Uranium One Group, de Rusia, y Hong Kong CBC de China, a sus tierras. Además, los pobladores decidieron continuar con las acciones judiciales y constitucionales para defender sus derechos, por lo que acudirán a instancias internacionales.
«La CUPCONL, en su condición de único y absoluto propietario de las tierras comprendidas dentro del ámbito territorial de nuestra centralía, determina prohibir el ingreso a nuestra jurisdicción territorial a las empresas Uranium One Group y la empresa Hong Kong CBC», dice la resolución comunal. La misma prohíbe realizar cualquier tipo de monitoreo, estudio o actividad hasta que Yacimientos de Litio Bolivianos (YLB) y las empresas señaladas brinden la información necesaria a los afectados.
Asimismo, tras la negativa del Juez de Colcha K a la acción popular presentada por la Central, los comunarios acudirán al ámbito internacional. «(Se determina) denunciar ante la comunidad internacional la vulneración de derechos sufrida en la CUPCONL por parte de YLB y las empresas Uranium y Hong Kong», dice el punto cuatro.

En su resolución, las comunidades indígenas de Nor Lípez rechazaron la intromisión de distintas instancias en las decisiones de sus autoridades de justicia comunitaria. En ese marco, exigieron al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que emita de forma inmediata una sentencia sobre la Acción Popular presentada por la CUPCONL, y recordaron que esta demanda debe resolverse en el marco del respeto al Estado de Derecho.
Agregan que se mantienen en estado de emergencia bajo advertencia de tomar medidas de hecho ante la vulneración de sus derechos indígena originario campesinos. Y, ratificaron su compromiso con el desarrollo industrial de la Región del Sud Oeste Potosino, siempre que se respete los derechos de los pueblos, de la Madre Tierra y del futuro de sus hijos.
Aquí puede leer la resolución:
CamScanner-15-06-2025-22.19El derecho a defender derechos
La Central de Comunidades Originarias de Nor Lípez presentó una Acción Popular ante el Tribunal Constitucional Plurinacional para frenar los contratos firmados con empresas extranjeras para la explotación del litio en su territorio. Aunque esta demanda se centra en el derecho a la consulta previa, libre e informada; el agua vinculada a la alimentación; y derechos económicos, sociales y culturales vulnerados, otras organizaciones advierten que las afectaciones van más allá.
Claudia Terán, coordinadora del Programa Defensores y Defensoras de la Unión Nacional de Instituciones para el Trabajo de Acción Social (UNITAS), explicó que su organización, al igual que otras, intentó participar como tercero interesado en el proceso, con el fin de reforzar la argumentación desde un enfoque de derechos humanos. Sin embargo, su intervención fue rechazada por el juez que lleva el caso.
«Desde los estándares de defensoras y defensores de derechos, nos parece que la lógica articulada de la consulta, como un principio y un derecho de participación, abarcaría también el derecho a defender derechos en la medida que si no se realiza la consulta con sus estándares de que sea informada, de buena fe, previa, etcétera, no está habilitando las condiciones para que los defensores del territorio, puedan ejercer su derecho a defenderlo, que es lo que ha ocurrido», dijo Terán.
UNITAS, junto a otras instituciones como la Fundación Solón, CENDA, el defensor de derechos Franco Albarracín y la senadora Cecilia Requena, sostiene que el caso debe analizarse también desde los estándares del Acuerdo de Escazú, ratificado por Bolivia. Este tratado regional obliga al Estado a garantizar el acceso a la información ambiental, el acceso a la justicia y la protección de quienes defienden el medioambiente.
Según Terán, la omisión de una consulta adecuada impide que las comunidades evalúen de manera informada los impactos de los contratos, y agrava el riesgo para poblaciones en situación de vulnerabilidad, como mujeres, niños, adultos mayores o personas con discapacidad. “Los umbrales de protección para estos grupos son más altos”, dijo y agregó que deben ser considerados en cualquier proceso de toma de decisiones que afecte su entorno.
Aunque su participación legal fue denegada, las organizaciones de derechos humanos están prestas a brindar apoyo técnico y exigir que se visibilicen todos los derechos en riesgo.
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