Fundación Solón: El Gobierno busca regularizar por la vía rápida a miles de mineros que incumplieron la ley por 12 años

Desarrollo

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Patricia Cusicanqui

Operaciones de minería ilegal en Cotagaita, Potosí. Foto: AJAM.

La Fundación Solón alertó que el Gobierno busca aprobar un decreto que permitiría a cerca de 4.000 operadores mineros obtener contratos legales mediante una «vía rápida» (fast track) a pesar de haber incumplido con la norma de adecuación durante los últimos 12 años. La entidad califica la medida como un «nuevo perdonazo» que pone en riesgo el control ambiental y la legalidad en el sector.

Desde 2014, con la promulgación de la Ley de Minería y Metalurgia 535, los antiguos derechos mineros, denominados Autorizaciones Transitorias Especiales (ATEs), debían convertirse en contratos administrativos.

Según datos oficiales, existen 3.982 “derechos mineros” previos a la promulgación de la Ley 535 que aún deben adecuarse a esta norma. En 12 años y luego de 11 prórrogas, solo unos 350 (cerca del 8%) completaron el proceso y obtuvieron su contrato administrativo minero.

De los “derechos mineros” pendientes de adecuación, solo el 70% inició el trámite. De estas 2.816 solicitudes, casi la mitad tienen requisitos observados, según informes de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM).

El proyecto de decreto elaborado por el Ejecutivo y revisado por AJAM busca resolver este procedimiento en 10 meses.

Observación a la jerarquía normativa

Uno de los puntos más polémicos del análisis de la Fundación Solón es la jerarquía de las normas. El experto y activista Pablo Solón cuestiona cómo un decreto pretende simplificar requisitos que están fijados por una ley nacional.

“Habrá que preguntarse si el decreto puede establecer dos (requisitos), cuando la ley establecía ocho o nueve en el caso de los empresarios privados y cinco o seis en el caso de las cooperativas”, cuestionó.

Además, el investigador advirtió que el proyecto de decreto no anula explícitamente el reglamento anterior, lo que genera una confusión jurídica: “Existe el reglamento aprobado por la resolución ministerial 294 de diciembre de 2016. ¿Un decreto tiene más alto rango que una resolución ministerial? Sí. ¿El decreto anula la resolución ministerial que establecía el procedimiento de acuerdo con la ley 535? No hay nada que lo diga”.

Un trámite de 10 meses

La propuesta del Gobierno podría beneficiar tanto a los 2.816 mineros que dejaron su trámite a medias, como a los 1.166 que no iniciaron el proceso en más de una década, es decir, cerca de 4.000. Para lograrlo, la propuesta normativa establece dos caminos.

Por un lado, según el análisis de la Fundación Solón, plantea la reducción de las exigencias a solo dos documentos: registro vigente y pago de patentes al día. Y por otro, la resolución de las adecuaciones en 10 meses.

Al respecto, Solón opinó: “Entonces, el objetivo es un nuevo perdonazo mediante una vía rápida, porque los plazos que establece el documento son cortos: seis meses para que el interesado presente la solicitud, un mes para que la revisen, tres meses más para que se publique la lista. O sea, el Gobierno estaría pensando que en 10 meses se va a regularizar todo”.

Sobre un posible peligro ambiental

El pronunciamiento de la Fundación Solón alerta también de un «vacío ambiental muy peligroso». De acuerdo con Solón, el proyecto de decreto no establece de manera específica la obligatoriedad de presentar la licencia ambiental para los procesos de adecuación.

“Lo extraño es que menciona solamente dos de los requisitos que contempla actualmente la ley minera. En uno de los artículos sí hay una referencia a que todo se llevará a cabo de acuerdo con varios artículos de la legislación vigente, pero no es específico”.

El documento elaborado por la Fundación Solón sistematizó estos datos de la siguiente manera:

Para adecuarse, la Ley 535 exige a las empresas privadas:

a)            Formulario oficial de solicitud de adecuación.

b)            Inscripción en el Registro de Comercio.

c)            Copias legalizadas de testimonios de concesiones y planos catastrales.

d)            Certificado de inscripción en el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN).

e)            Pago al día de la patente minera.

f)             Licencia ambiental.

g)            Documentación del representante legal.

h)            Memoria descriptiva, Plan de Trabajo e Inversión.

En el caso de las cooperativas mineras, los requisitos son aún menores: no se les exige el certificado del Servició de Impuestos Nacionales, la licencia ambiental ni el plan de trabajo e inversión. Pese a estas facilidades, solo el 8% de los actores mineros concluyó su trámite.

“El proyecto de decreto supremo del Gobierno busca otorgar una nueva ampliación tanto para los 2.816 operadores mineros que tienen su trámite a medias, como para los 1.166 que jamás lo iniciaron en más de una década. Además, reduce las exigencias a solo dos requisitos”:

1.            Registro vigente del derecho minero.

2.            Constancia de pago de patentes al día.

Aquí puedes leer el pronunciamiento completo de la Fundación Solón:

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