Proyecto de Ley deja en suspenso la verificación de la FES “en campo” y anula el decreto que sube las multas por incendios

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Si el proyecto es aprobado, ya no se contarían las cabezas de ganado en campo para verificar la FES. Foto: Fundación TIERRA

Un proyecto de Ley presentado por senadores de la oposición de Santa Cruz y Beni dispone la suspensión de la verificación de la Función Económica y Social (FES) de la tierra “en campo” por siete años y lo reemplaza por un mecanismo de registros pasados. Además, anula el Decreto Supremo que sube las multas por incendios.

“La presente Ley tiene como objetivo la declaración de pausa para la verificación en campo de la Función social (FS) y Función Económica Social (FES) en los procedimientos de saneamiento y reversión de la propiedad agraria por el plazo de siete (7) años y el establecimiento de un procedimiento especial de verificación del cumplimiento de la FS o FES en todo el territorio nacional por las extremas sequías e incendios, en resguardo de la seguridad alimentaria del país”, señala el primer artículo del proyecto de Ley.

El proyecto, que beneficiaría a los grandes propietarios, pero también a las comunidades interculturales, establece la aprobación  de  un  procedimiento especial  de  verificación,   sustituyendo  el conteo  de  cabezas de  ganado en  terreno  por  el empleo  de  los dos  últimos registros del Registro Único Nacional de Sanidad Agropecuaria (RUNSA).

“Se suspenden las actividades de campo en todos los procedimientos administrativos de la propiedad agraria en todo el territorio nacional afectados por al extrema sequía e incendios hasta el establecimiento de las condiciones materiales en el lugar, por el plazo de siete años calendario”, señala el artículo cuatro.

El documento además prevé la abrogación del Decreto  Supremo  5203, del  21  de  agosto   de  2024,  que aumenta las penas y multas económicas  para los infractores  de  los incendios forestales de un monto de 0,20 USD por hectárea a valores que fluctúan entre USD 70  y USD 365 por hectárea  según criterios establecidos en UFV.

Y; finalmente, dispone la derogación  de   la  disposición   final  primera   del  Decreto   Supremo   5225, que  establece que  las  quemas  ilegales  y los incendios  son  contrarios  al uso sustentable  de la tierra y no constituyen cumplimiento de la FS ni de la FES.

El proyecto fue presentado el 12 de diciembre de 2024 por las senadoras Centa  Rek (Creemos, Santa Cruz),  Neila Velarde (Comunidad Ciudadana, Beni),   Claudia Elena  Égüez (Creemos, Beni) y el senador Walter   Justiniano (Comunidad Ciudadana, Beni).

La Fundación TIERRA expresó su preocupación por el citado proyecto, lo rechazó y pidió “cancelar o  suspender de  forma  inmediata y pública” su tratamiento, porque “pretende instrumentalizar el desastre ambiental a favor de grupos  de poder  agropecuario, comunidades asentadas en tierras fiscales y avasalladores de tierras”.

Asimismo, la institución denunció que existen intenciones de “aprovecharse de la tragedia ambiental de los incendios forestales del 2024, por parte de grandes ganaderos y agropecuarios que poseen la tierra sin cumplir la FES, que tienen observaciones en el proceso de saneamiento, o que están  implicados  en los incendios  registrados”.

La Fundación TIERRA indicó que este pedido de  pausa no  es  excepcional, como argumenta el proyecto, sino  que  es  una  demanda  sectorial permanente y de  varios  años  atrás  por  parte  de  los grandes ganaderos y propietarios  de  la  tierra  que  buscan   anular   el  principio   constitucional   de que  “las propiedades deberán cumplir con la función social  o con la función económica social  para salvaguardar su derecho”.

“Al intentar  establecer una  pausa y cambiar el sentido  de  la  verificación  de la FES, el proyecto  de  ley atenta  directamente con  el espíritu de  la Reforma Agraria en el país,  que  establece que  el derecho a la propiedad de  la tierra supone  asumir una  serie de obligaciones (cumplir con la FS y la FES) y que el Estado  reconocerá ese  derecho en la medida en que  éstas  se cumplan  (CPE. Art. 393)”, señala un pronunciamiento de la entidad.

Agrega que “la verificación de la FES, y la reversión del derecho propietario como consecuencia de su incumplimiento,  es posiblemente la única herramienta que se tiene actualmente en la normativa  agraria para intentar asegurar la equidad en el sistema de tenencia  de la tierra en el país”.

Como  antecedentes de  la postergación o ampliación de  los plazos de  verificación  de  la FES, menciona la Ley 740 del 2015, que establecía un plazo  excepcional de cinco años para la verificación de la FES en procesos de reversión. Por Ley, la FES debe verificarse cada dos años.

Y, sobre la abrogatoria del DS 5203, TIERRA indica que “busca   eliminar  las multas económicas que sancionan las quemas  y los incendios  causados por los desmontes  ilegales.  Este pedido no tiene ninguna  relación  técnica  ni jurídica con el proyecto  de ley, de modo  que se constituye en una demanda insertada de manera subrepticia y de mala  fe”.

Mientras que “la derogatoria de  la  disposición   final  primera  del  Decreto  Supremo  5225 equivale  a un “perdonazo” para no sancionar a los propietarios que causaron quemas  ilegales  o  que  originaron incendios  en  sus predios. La derogatoria significa que los propietarios causantes del fuego no serían sancionados por el incumplimiento de la FES y la FS, según corresponda”.

Proyecto-Ley-FES-FE-2024

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