Tribunal Agroambiental levanta sus medidas contra los incendios por falta de informes y deja sin efecto la admisión de la demanda

Desarrollo

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Yenny Escalante

Tribunal Agroambiental. Foto tomada de Guardiana

El Tribunal Agroambiental dejó sin efecto sus propias medidas cautelares preventivas y precautorias contra incendios forestales dispuestas en junio de este año, debido a que ninguna de las autoridades convocadas presentó los informes requeridos, además de dejar sin efecto la admisión de la demanda. La decisión fue asumida por la Sala Plena mediante el Auto Ambiental SP-TAA 05/2025.

El organismo judicial también suspendió la audiencia pública prevista para el 4 de agosto, en la que se trataría el fondo de la demanda.

«La Sala Plena del Tribunal Agroambiental (…) resuelve: Dejar sin efecto el Auto de Admisión N° SP-TAA 003/2025 de 5 de julio de 2025; Levantar todo lo dispuesto en el merituado Auto de Admisión N° 003/2025 de 5 de junio de 2025», indica la resolución del TA.

Pese a haber sido notificadas legalmente, las entidades del Órgano Ejecutivo, Legislativo, gobiernos subnacionales y otros órganos sectoriales no remitieron la documentación solicitada dentro del plazo de 15 días hábiles. Esta omisión impidió al Tribunal contar con los elementos necesarios para valorar, ratificar o modificar las medidas dictadas en el Auto de Admisión Ambiental SP-TAA 003/2025 del 5 de junio.

El Tribunal enfatizó que las medidas cautelares ambientales deben responder a criterios de proporcionalidad, razonabilidad y necesidad. Advirtieron que mantener disposiciones de amplio alcance sin información técnica adecuada podría derivar en resoluciones desproporcionadas. Por ello, se determinó suspender temporalmente las medidas hasta que las entidades subsanen la omisión informativa.

«La Audiencia pública programada tiene por objeto, precisamente, analizar, ratificar o modificar las medidas iniciales a la luz de los informes técnicos y estratégicos que debían proveer dichas autoridades. Sin esta información esencial, la audiencia carece de su insumo fundamental, y este Tribunal se ve privado de los elementos de juicio necesarios para realizar una ponderación adecuada», refiere el Tribunal.

La demanda fue interpuesta por María de los Ángeles Mamani Rocha y otros defensores ambientales, en el marco de una acción ambiental directa para prevenir los incendios forestales en el país. El Tribunal aclaró que la admisión de la causa sigue vigente, y que la audiencia pública será reprogramada una vez se cuente con los informes faltantes. Además, se reiteró la apertura a la participación de amicus curiae en la causa, es decir, que las personas u organizaciones todavía están habilitadas para seguir enviando sus aportes escritos al Tribunal Agroambiental, mientras el proceso judicial esté en curso.

Esto sugiere que el caso aún no ha concluido y que se mantiene abierto el espacio para que actores externos —como organizaciones indígenas, ambientalistas, académicos o instituciones de derechos humanos— enriquezcan el debate jurídico y técnico con sus aportes.

Aquí puede leer la resolución del Tribunal Agroambiental:

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