Sentencia histórica en Perú reconoce derechos del río Marañón luego de batalla legal de mujeres indígenas

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Federación de Mujeres Indígenas Kukama “Huaynakana Kamatahuara Kana” (mujeres trabajadoras). Foto : Gabriel Salazar de Fórum Solidaridad Perú

Una sentencia considera histórica ha sido emitida en Perú, donde un juzgado de Loreto ha reconocido que el río Marañón, uno de los más importantes del país, es titular de derechos, como un mecanismo de protección ante los constantes derrames de petróleo que se registraron en su cauce.

La sentencia, en su parte central, establece lo siguiente: “Declarar al río Marañón y sus afluentes como titular de derechos; tiene derecho a fluir, para garantizar un ecosistema saludable, el derecho a brindar un ecosistema sano, el derecho fluir libremente de toda contaminación; el derecho a alimentar y ser alimentado por sus afluentes, el derecho a la biodiversidad; el derecho a que se la restaure, derecho a la regeneración de sus ciclos naturales; derecho a la conservación de su estructura y funciones ecológicas; derecho a la protección, preservación y recuperación”.

Asimismo, el fallo ordena al Estado proteger legalmente al río Marañon “por ser parte importante en los derechos fundamentales de todo ser humano y de nuestras futuras generaciones al ser vida, salud, y representa una de nuestra necesidades básicas, para nuestra subsistencia”.

La batalla legal ha sido emprendida el año 2021 por mujeres indígenas Kukama, habitantes del distrito Parinari de Loreto, que están agrupadas en la Federación de Mujeres Indígenas Kukama Huaynakana Kamatahuara Kana.  Ellas han recibido el apoyo de diversas instituciones y organizaciones defensoras del medio ambiente.

El fallo también implica el “reconocimiento y nombramiento del Estado y de las Organizaciones indígenas como guardianes, defensoras y representantes del río Marañón y sus afluentes”.

Según el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin), el río Marañón, que es parte de la cuenca del Amazonas, ha sufrido más de 60 derrames de petróleo provocados por el Oleoducto Norperuano, entre 1997 y 2019. El río también ha sido perjudicado por los impactos de proyectos de infraestructura, como represas hidroeléctricas que están en proyecto de construcción y el proyecto Hidrovía Amazónica, considerados un riesgo por múltiples agencias y organizaciones, según el sitio Forum Solidaridad Perú.

No sólo eso, sino que este río, además, está siendo afectado por la minería ilegal del oro, que contamina sus agua con mercurio, utilizado para la explotación del mineral.

En el proceso de amparo constitucional, iniciado en 2021 y apoyado por el Instituto Defensa Legal, International Rivers, and Earth Law Center, las mujeres Kukamas buscaban no solo la restauración de los daños ambientales, sino también el reconocimiento fundamental de que el río Marañón y sus afluentes sean titulares de derechos, tal como ha salido el fallo.

La demanda estaba dirigida a actores clave, incluida la compañía petrolera Petroperú; el Ministerio del Ambiente, el Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP), la Autoridad Nacional del Agua (ANA) y el Ministerio de Energía y Minas. También se incluyen representantes de entidades regionales, como la Dirección Ejecutiva de Gestión Ambiental y la Dirección General de Asuntos Indígenas del Gobierno Regional de Loreto.

Mariluz Canaquiri Murayari, presidenta de la Federación de Mujeres Indígenas Kukama Huaynakana Kamatahuara Kana (mujeres trabajadoras), se declaró satisfecha por el fallo.  “Estamos realmente contentas y agradecidas con todos los que nos han seguido respaldando. Y también dar gracias a Dios por lo que hemos podido lograr. Quizás no va a quedar ahí, vamos a continuar. Nos da más ánimo a seguir luchando en defensa de
nuestros territorios, de nuestros ríos, del agua, que es fundamental”, dijo, según el reporte de Forum Solidaridad Perú, una organización de la sociedad civil que defiende los derechos de la naturaleza.

Sentencia-1ra-instancia.-Resol.-N°-14.-Exp.-00010-2022-0-1901-JM-CI-01-Consolidado-00157-2024

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