Lupo: Hay que instalar un diálogo profundo sobre tierra y territorio que corrija la falta de socialización que hubo sobre la ley

Desarrollo

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Patricia Cusicanqui

El ministro José Luis Lupo en el programa #ConTacto, de la agencia ANF.

En vista del conflicto que se generó en torno a la Ley 1720, el ministro de la presidencia José Luis Lupo admitió que vetar la norma pudo haber sido el mejor camino. En ese sentido, afirmó que será muy importante generar un diálogo trascendente sobre la temática tierra y territorio, que corrija la ausencia de socialización de la norma.

En entrevista con la agencia ANF, la autoridad reconoció que si bien la ley no se originó en el Ejecutivo, el Presidente la promulgó, pese a que el tiempo ha demostrado que debió ser consensuada.

“(Vetarla) podría haber sido un camino y, efectivamente, tal vez hubiera sido el mejor camino, porque lo que hoy se evidencia es que faltó socialización, que es lo que hoy se está haciendo: tratar de abrir el tema para discutir esta ley”, sostuvo consultado acerca de la problemática que se desató.

En criterio del ministro, “claramente” se ha generado un debate intenso sobre este tema. En ese sentido consideró que “hay que instalar un diálogo profundo sobre tierra y territorio que corrija esta falta de socialización”.

Por ahora, un proyecto de ley para la abrogación de la Ley 1720 fue aprobado en una comisión de la Cámara de Diputados, con lo que fue enviado al pleno para su tratamiento. De ser aprobado en esta instancia, deberá pasar al Senado para su análisis y discusión.

Posturas encontradas

Desde el Legislativo y el Ejecutivo se arguyó que la norma busca promover el desarrollo de los pequeños productores dándoles la oportunidad de acceder a créditos bancarios. Para ello, los interesados deben solicitar un trámite administrativo para la conversión de su propiedad, de pequeña a mediana. El procedimiento es voluntario, exprés y gratuito.

Desde el otro frente, los movilizados y expertos en materia agraria denuncian que la norma violenta tres artículos de la Constitución (393, 394 y 398). Y que si bien la conversión es voluntaria, cabe la posibilidad de que los prestatarios pierdan sus propiedades al no poder pagar las deudas. Esto abre la puerta a que terceros las adquieran y alteren no solo la lógica productiva, sino las prácticas culturales en su relación con la tierra.

También se cuestiona que la norma suspenda por 10 años la función del Estado de controlar la Función Económica Social (FES) de la tierra, una prerrogativa del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA).

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