La libertad de expresión es un derecho humano fundamental, en el marco de un Estado democrático. Pero tiene sus límites, como los debiera tener el pez, que sabe que por su propia boca muere o sufrir consecuencias graves como las está viviendo en las celdas la dirigente Ruth Nina, del partido PanBol, quien este 13 de julio dijo que el 17 de agosto próximo, durante las elecciones generales de Bolivia, “el Tribunal Supremo Electoral y el Gobierno, en vez de contar votos, van a contar muertos”.
Nina es una abogada paceña miembro de PanBol, del cual fue candidata a la Presidencia (2019) y Vicepresidencia (2020) y fue durante años una férrea opositora del presidente Evo Morales, a quien llamó “dictador” y le exigió su renuncia en medio de protestas sociales en los últimos días de su Gobierno.
Sin embargo, ambos formaron una alianza este 2025, luego de que Morales perdiera el control legal del Movimiento Al Socialismo (MAS). Desde entonces, Nina volvió a la palestra pública amenazando con impedir el desarrollo de las elecciones si Morales no está en la papeleta, pues le había ofrecido la sigla de su partido para habilitarlo como candidato.
La verificadora de noticias “Bolivia Verifica” certificó que se encontraron registros que demuestran que Ruth Nina era una de las dirigentes críticas de la gestión de Morales y detalló que el 1 de octubre de 2019, 19 días antes de las elecciones generales de ese año, Nina dijo a la red Bolivisión “cuando veo a Evo Morales, veo realmente extorsión, narcotráfico y corrupción”. En ese entonces, Nina era candidata a la presidencia por Pan-Bol, según “Bolivia Verifica”.
A raíz de las declaraciones de Nina sobre “contar muertos”, la Fiscalía admitió tres querellas contra ella por la presunta comisión de tres delitos: instigación pública a delinquir, amenazas y obstaculización del proceso electoral. La dirigente negó las acusaciones y señaló que sus expresiones obedecen a darles voz a las bases que sienten que no están representadas por los partidos políticos que participarán en las próximas elecciones. La dirigente fue citada a declarar y este jueves 24 de julio fue aprehendida por la Fiscalía de Cochabamba.
Nina además aseguró que sus declaraciones reflejan el sentir de sectores sociales que, según dijo, no encuentran representación en las candidaturas habilitadas por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), y cuando ingresaba a las celdas agregó que “es un honor” ser privada de su libertad por expresarse libremente.
Sobre el tema de los límites a la libertad de expresión, la Relatoría de Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos señala que la propaganda de la guerra y la apología del odio que constituya incitación a la violencia, constituyen faltas graves que los Estados deben regular y sancionar, según el artículo 13,5 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
El caso más emblemático de sanciones por excesos de la libertad de expresión ha sido la condena a cadena perpetua de tres periodistas de la Radio Mil Colinas por incitar a la etnia de los Hutus “a cortar la cabeza de sus contrarios, los Tutsis y comerse sus corazones”, durante la revolución en Ruanda, en 1994. En esa oportunidad murieron en la contienda alrededor de 1 millón, de los 7 millones de habitantes de ese país.
Sin embargo, es un tema sobre el que hay que hilar bien fino, pues la CIDH ha indicado, siguiendo reiterada doctrina y jurisprudencia internacional en la materia, que la imposición de sanciones por el abuso de la libertad de expresión bajo el cargo de incitación a la violencia (entendida como la incitación a la comisión de crímenes, a la ruptura del orden público o de la seguridad nacional) debe tener como presupuesto la prueba actual, cierta, objetiva y contundente de que la persona no estaba simplemente manifestando una opinión (por dura, injusta o perturbadora que ésta sea), sino que tenía la clara intención de cometer un crimen y la posibilidad actual, real y efectiva de lograr sus objetivos.
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Roberto Méndez es periodista y abogado
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