Carlos Derpic
La historia de la humanidad da cuenta del surgimiento de muchas instituciones inventadas por el género humano para mejorar la situación de las personas y de los países en diferentes ámbitos. Es la parte que corresponde al ingenio humano, para ir más allá del proceso evolutivo en que se encuentran inmersos la naturaleza y la humanidad.
Las universidades son uno de esos inventos. Originadas, hasta donde se sabe, en la Edad Media (Bolonia, París, Oxford y Montpellier), tuvieron sus antecedentes en la “Academia” de Platón y el “Liceo” de Aristóteles y se han desarrollado y reproducido en el mundo entero, con la finalidad de formar profesionales y crear conocimientos que permitan avances a la humanidad. La primera universidad en Bolivia fue la de San Francisco Xavier, en Chuquisaca, y fue seguida por la Mayor de San Andrés en La Paz y por otras universidades públicas y autónomas que, conjuntamente otras cuatro de“Régimen Especial”, conforman el Sistema de la Universidad Boliviana (SUB). Además de ellas, existe infinidad de universidades privadas en todo el país.
Pero, hete aquí, que la tarea de producir conocimiento ha sido dejada de lado en muchas de esas universidades públicas y privadas y se las ha convertido, en unos casos, en instrumentos para elascenso de vivillos a puestos de poder desde los cuales suelen saltar a la actividad política, y, en otros casos, en instrumentos de enriquecimiento fácil y pronto.
Otra de las instituciones que surgió durante el siglo XIX fueron los sindicatos. Originados como un instrumento para la defensa de los trabajadores, ante la evidente explotación a que eran sometidos en el capitalismo liberal, se convirtieron en organizaciones destinadas no sólo a la defensa de los derechos de los trabajadores, sino también a su educación y formación. En algunos casos, como en Bolivia, la organización sindical fue tan vigorosa, que incursionó en el terreno político, como ocurrió con la Central Obrera Boliviana (COB), que era el referente de la lucha de los explotados y marginados de este país, más allá de su condición de asalariados o no.
Pero, hete aquí también, que el día de hoy el sindicalismo se ha convertido en un instrumento de beneficio para los dirigentes sindicales, tanto en lo económico como en lo político. Para mantenerse en el ejercicio de sus funciones, no trepidan en vender su alma al diablo (en el caso boliviano un diablo de color azul), olvidando la razón de ser de su actividad.
Igual cosa puede decirse del Tribunal Constitucional. Cuando la organización política de los Estados pasó a basarse en la vigencia suprema de las constituciones, imaginadas y creadas para poner freno al poder, sobre todo de quienes con frecuencia se veían tentados a eternizarse en él para imponer su voluntad por encima de las leyes, se vio la necesidad de contar con algún mecanismo que permitiera ejercer el control de constitucionalidad, que no es otra cosa que velar por la primacía de la constitución.
En ese marco, surgieron dos sistemas para hacer efectivo dicho control. Uno de ellos, el “control político”, que estaba encargado a un órgano político, como el Legislativo; el otro, el “control jurisdiccional”, encomendado al Órgano Judicial o Jurisdiccional. Este segundo sistema se subdivide en dos: el sistema americano, llamado también “sistema de control de constitucionalidad difuso” y el europeo, denominado también “control de constitucionalidad concentrado” o “kelseniano”.
El primero de ellos, atribuye a todos los jueces ordinarios la potestad y la obligación legal de aplicar la CPE con preferencia a las leyes y éstas con preferencia a los decretos y resoluciones de cualquier género. Sus decisiones nunca anulan la norma que es contraria a la constitución, sino que la declaran inaplicable a cada caso concreto. El segundo, se ejerce por medio de organismos jurisdiccionales de carácter especializado (tribunalesconstitucionales, cortes constitucionales, tribunalesde garantías constitucionales). Sus resoluciones tienen efectos de carácter general o erga omnes y “expulsan” del ordenamiento jurídico las normas inconstitucionales, por la vía de su abrogación o derogación.
En Bolivia rigieron los tres sistemas, pero hete aquí que ahora que rige el control de constitucionalidad concentrado, también se ha producido la perversión de esta institución. En lugar de que los bolivianos contemos con una instancia que vele por la primacía de la Constitución, la tenemos sometida a los dictados del Ejecutivo, personificado en el eufemismo de “ministro de justicia” (en realidad de injusticia y de abuso).
Esta institución pervertida se ha dado el lujo, hasta ahora y entre otras cosas, de inventar un derecho humano, de eliminar el preaviso de retiro en materia laboral (manteniendo, sin embargo, el pago de desahucio), de suprimir una de las funciones esenciales del Órgano Legislativo como es la fiscalización (con la aceptación sumisa e inexplicable de los miembros del “primer poder del Estado”), de disponer que la reelección continua a la presidencia del Estado es también discontinua, y de auto prorrogarse indefinidamente en sus funciones.
En todo este panorama sería bueno reconocer que no son las instituciones las malas, sino algunos sujetos que las ocupan transitoriamente. En el pasado, las universidades formaban profesionales idóneos, conocedores de sus profesiones, no semianalfabetos que hacen cualquier barbaridad. Los dirigentes sindicales eran luchadores comprometidos con la causa de sus bases y no con los partidos políticos a los que pertenecían o con los gobiernos. Los miembros del Tribunal Constitucional ejercían control de constitucionalidad, velaban por la primacía de la Constitución, no eran muñecos de ningún ventrílocuo anidado en el Ejecutivo.
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Carlos Derpic es abogado.
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