La varita mágica de la reforma constitucional 

Opinión

|

|

Rubén Ticona Quisbert

Durante estas últimas semanas se ha venido debatiendo entre los actores políticos y económicos la idea de modificar la Constitución Política del Estado (CPE) con la finalidad de mejorar la situación económica del país. Es comprensible que, después de casi dos décadas de gobiernos del Movimiento al Socialismo (MAS), con decisiones y políticas económicas que contribuyeron a generar la actual crisis que enfrenta Bolivia, la población y los políticos, más que todo, quieran deshacerse de todo lo concerniente al MAS, tratando de inculcar en la opinión pública que continuaremos en crisis si se mantiene la Constitución aprobada en 2009. La pregunta es si realmente la reforma a la Constitución nos llevará a mejores días.

Para sectores de la ultraderecha boliviana, desde la abrogación del Decreto Supremo N.º 5503 se planteó  la idea de modificar la Carta Magna, ya que este decreto vulneraba los artículos 349 y 359 relacionados con los recursos naturales y la soberanía del Estado. Posteriormente, este descontento se agravó aún más con la promulgación de la Ley 1720 de Conversión de la Pequeña Propiedad a Mediana Propiedad, luego abrogada, que igualmente fue cuestionada por su relación con el régimen de propiedad inembargable del pequeño campesino establecido en la CPE.

Dado el grado de conflictividad y la ausencia de políticas efectivas del Gobierno ante la crisis, hoy la última carta a jugar es la reforma constitucional, argumentando que esta fue la causante de que el Gobierno no pueda ejecutar sus políticas contra la crisis.

El problema, según varios políticos y especialistas, es que la actual CPE actúa como un candado para la inversión extranjera y, sobre todo, que el régimen de recursos naturales es, para ellos, demasiado estatista. El punto del debate es este: sin duda alguna, la CPE establece restricciones importantes en relación con los arbitrajes internacionales, limitando la posibilidad de acudir a estos mecanismos en determinadas controversias vinculadas con nacionalizaciones o intervenciones del Estado. Debido al constante cambio de comportamiento en relación con la inversión extranjera directa durante el gobierno del MAS, es claro que se dejó una mala imagen como país; de un día para otro, el presidente podía decidir qué empresa se quedaba y cuál se iba, sin importar si el Estado a futuro iba a pagar indemnizaciones provenientes de procesos de arbitraje internacional. Por estas acciones, en procesos de nacionalización y controversias de inversión iniciados a partir de 2006, el Estado boliviano terminó pagando cerca de $us 1.000 millones en acuerdos de conciliación y laudos arbitrales, en casos como BBVA, Quiborax, Iberdrola, Rurelec, entre otros.

Con una imagen deteriorada a nivel internacional, es racional pensar en una modificación de la Constitución en relación a la inversión extranjera directa y el arbitraje. Pero lo que extraña más es la propuesta de modificar el régimen de recursos naturales, muy polémico en el DS 5503, que ampliaba considerablemente la potestad a los inversores extranjeros sobre sectores estratégicos del país.

A nivel mundial, la CPE tiene algunas similitudes con el tratamiento de la inversión extranjera, los arbitrajes y los recursos naturales de la Constitución de Noruega, uno de los principales productores de hidrocarburos de Europa. El país escandinavo establece importantes límites al arbitraje internacional en determinadas disputas vinculadas con recursos naturales estratégicos: las licencias petroleras y mineras se otorgan bajo la jurisdicción noruega y están sometidas a su normativa nacional. Noruega, además, cuenta con un número limitado de tratados bilaterales de inversión y ha establecido mecanismos destinados a salvaguardar el interés público y sus recursos estratégicos.

La pregunta es qué hace de Noruega uno de los países que atraen importantes flujos de Inversión Extranjera Directa. Los inversores aceptan someterse a la normativa local debido, entre otros factores, al alto grado de fortaleza institucional, la seguridad jurídica y la independencia de sus instituciones, las cuales no contemplan exenciones tributarias por décadas, sino deducciones como incentivos.

Distintos políticos justifican la modificación de la Constitución para otorgar más seguridad jurídica al inversor extranjero. Pero la pregunta debe nacer de lo siguiente: ¿cómo vamos a otorgar seguridad jurídica al extranjero si dentro de nuestro territorio no existe seguridad jurídica para el boliviano? Diariamente somos testigos de noticias de avasallamientos de tierras de cultivo con uso de armas de fuego, comunidades indígenas desplazadas por la minería o colonos, loteamientos y movimientos de tierra poniendo en peligro las casas y la vida de la población; ni los refugios de animales están a salvo. En seguridad, en lo que va del año, los casos de sicariato ya superan los 40 casos. 

La diferencia entre Noruega y Bolivia es grande: allá el inversor puede confiar en sus instituciones y en un aparato judicial eficiente e imparcial; en cambio, en Bolivia existen graves deficiencias en la administración de justicia. Según el Índice de Estado de Derecho elaborado por la organización World Justice Project, donde se evalúan aspectos como la ausencia de corrupción, la justicia civil y la justicia penal, Bolivia ocupa el alarmante puesto 131 entre 143 países evaluados a nivel mundial.

En caso de que se modifique la CPE, ¿qué inversionista extranjero estaría dispuesto a asumir riesgos en un país con un sistema judicial sumamente debilitado? Modificar la Constitución sin una reforma previa de la administración de justicia mantendría la impunidad y la ineficiencia legal, independientemente de lo que señale la CPE.

Asimismo, si el objetivo es atraer inversión para fortalecer el sector industrial, se tropieza con el inconveniente de la provisión de gasolina y diésel para la operatividad, además de enfrentar diariamente la falta de dólares en el mercado nacional. En los pasados 90 días de estado de excepción se omitió el consenso con los sectores en conflicto; con todas estas variables, a lo único que apuntan las propuestas de reforma constitucional es a la inversión extranjera para la explotación de materias primas. Esta, como fuimos testigos por el DS 5503, donde el fast track generó conflictos sociales, sin consensos solo traerá más conflictividad.

El gran problema de Bolivia no parece estar únicamente en la Constitución ni en las normas, sino en la debilidad de las instituciones encargadas de hacerlas cumplir. Mientras tanto, grandes delincuentes salen de la cárcel o quedan con detención domiciliaria. Las noticias del oro que iba a salir del aeropuerto de Viru Viru sin ningún preso, los casos de narcomaderas, las 32 maletas que llegaron de Estados Unidos sin conocer el contenido, dejando en detención domiciliaria a la principal acusada, y cientos de caos en la impunidad, son noticias que no solo se quedan dentro de nuestro territorio: proyectan una mala imagen de la justicia boliviana para el extranjero, sea turista o inversionista, y eso no cambiará modificando la Constitución.

Rubén Ticona Quisbert es economista y defensor ambiental.

Las opiniones de nuestros columnistas son exclusiva responsabilidad de los firmantes y no representan la línea editorial del medio ni de la red.

Comparte:

Noticias

más leídas

Indígenas, mujeres y jóvenes plantean una agenda para superar la crisis en 9 ejes

Video de 2024, con declaraciones de un excomandante de las FF. AA. circula como si fuese actual

La Bolivia que está por tumbar la puerta

Tipnis se declara en emergencia y llega a La Paz para evitar que la carretera Cochabamba–Beni atraviese su territorio

El caso del jucumari de El Palmar pone a prueba la protección de la fauna silvestre

Ganar el juicio antes de la notificación: La fase prelitigiosa como blindaje institucional de las OSC

Ética y responsabilidad para la reforma electoral

Hermana muerte