Una sentencia de la Corte IDH obliga al Estado a aprobar normativa de acceso a la información

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Organizaciones de la sociedad civil presentaron el proyecto de Acceso a la Información el martes, junto a la senadora Silvia Salame. Foto: Sumando Voces

Una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), emitida en octubre de 2022 sobre la desaparición del dirigente Juan Carlos Flores Bedregal a manos de paramilitares del régimen de Luis García Meza, estableció que el Estado boliviano tiene la obligación de aprobar normativa de acceso a la información sobre violaciones a los derechos humanos y en particular sobre la reserva de información impuesta en la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas.

El dato fue expuesto este jueves en el programa Sumando Voces en Directo por dos representantes de organizaciones de la sociedad civil que contribuyeron en la elaboración del proyecto de Ley de Acceso a la Información y Documentación Pública. La propuesta legislativa fue entregada esta semana a la Asamblea Legislativa y, desde el Senado, fue derivada a la Comisión de Constitución.

Tomando en cuenta que la sentencia de la Corte IDH es vinculante, el Estado está en la obligación de cumplir con esa y otras disposiciones respecto a la desaparición de Flores Bedregal.

“Esta propuesta es una herramienta importante para que el Estado pueda cumplir esta obligación que estableció la Corte y que es ineludible”, dijo Claudia Terán, coordinadora del Programa Defensores y Defensoras de UNITAS y abogada especialista en derechos humanos.

Por su parte, el representante de la Asociación Boliviana de Radiodifusoras (ASBORA), Mario Andrade, comentó que esta es la oportunidad del Gobierno para cumplir con esta recomendación vinculante, por lo que instó a no politizar el tratamiento del proyecto. “Si el Gobierno cumple con esta norma, salva esa observación y yo creo que no debería politizarlo”, señaló el también abogado especialista en telecomunicaciones.

Pese a que la sentencia le dio al Estado un año para cumplir varias de las obligaciones que emergieron de la misma, hasta ahora no hubo observancia, según declaró hace poco Olga Flores Bedregal, hermana del desaparecido.

La citada sentencia indica que “el Estado deberá adoptar, en un plazo razonable a partir de la notificación de la presente Sentencia, las medidas legislativas, administrativas y de cualquier otra índole que sean necesarias para fortalecer el marco normativo de acceso a la información en casos de presuntas violaciones a los derechos humanos, y en particular en lo que respecta a la normativa que rige la reserva de información de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas cuando impida el esclarecimiento de la desaparición forzada de personas, de conformidad con lo establecido en el párrafo 197 de la presente Sentencia”.

Además, dice que “el Estado deberá levantar la reserva de cualquier documentación relacionada con la desaparición forzada de Juan Carlos Flores Bedregal, en un plazo de un año contado a partir de la notificación de la presente Sentencia”.

Y en la misma línea de transparencia, indica que “el Estado deberá establecer un sistema que permita el acceso digital abierto al Informe de la Comisión de la Verdad, en el plazo de un año contado a partir de la notificación de la presente Sentencia”.

El Proyecto de Ley de Acceso a la Información y Documentación Pública, que fue presentado por la sociedad civil, indica que “no podrán invocarse excepciones en casos de violaciones de Derechos Humanos, delitos de lesa humanidad y/o corrupción de instituciones o servidores públicos” y que “ningún tipo de información calificada como reservada, secreta o confidencial, lo será indefinidamente, y se mantendrá bajo esa condición por un plazo máximo de 10 años”.

Agrega que, “cuando la excepción se relacione a la Defensa y Seguridad Nacional, los Órganos del Estado, Fuerzas Armadas y la Policía Boliviana limitará el derecho de acceso a la información cuando tales restricciones hayan sido previamente establecidas por Ley, siempre que estas resulten necesarias en una sociedad democrática para salvaguardar intereses legítimos de la seguridad nacional”.

Puedes ver el programa completo aquí:

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