Violencia sexual: Piden cambiar el Código Penal para incluir el consentimiento y eliminar el estupro

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Organizaciones nacionales e internacionales que trabajan en favor de los derechos de las mujeres y las niñas piden al Estado boliviano la aprobación de modificaciones al Código Penal, con la finalidad de adecuarlo a estándares internacionales y de dar cumplimiento a las recomendaciones emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en la sentencia del caso de Brisa De Angulo.

El cambio más importante es la inclusión del consentimiento libre y voluntario para que un acto sexual no sea considerado una violación. Esto quiere decir que el consentimiento no se podrá inferir del silencio de la víctima, de su falta de resistencia, de relaciones pasadas o de otros aspectos, por el contrario, debe ser expreso.

“El consentimiento significa aceptar participar en relaciones o actos sexuales con otra persona ejerciendo la libertad y autonomía sexual. Por lo tanto, el consentimiento debe ser ofrecido de manera libre y voluntaria”, señala la propuesta de modificación.

La propuesta, además, señala que el consentimiento debe abarcar la totalidad de los actos sexuales realizados y que “puede ser rescindido o modificado en cualquier momento”.

Y el tercer aspecto indica que, «cuando existan circunstancias coercitivas, o el consentimiento no pueda expresarse, éste no puede ser voluntario ni libre y queda sin efecto”. Éste puede ser el caso de una víctima que se encuentre dopada, dormida o incapacitada de expresarse.

Entre 2001 y 2002, cuando Brisa De Angulo tenía 16 años fue violada por una familiar en Cochabamba y, 20 años más tarde, ella consiguió justicia en la Corte IDH, que falló en contra del Estado boliviano, indicando que vulneró sus derechos y la revictimizó. En esa sentencia, emitida en noviembre de 2022, la Corte IDH recomienda al Estado hacer cambios en el Código Penal, sin embargo, hasta la fecha el tema no ha sido tratado en la Asamblea Legislativa, pese a existir cuatro proyectos de ley en comisión referidos a la temática.

Ante esa situación, una treintena de organizaciones elaboró una propuesta conjunta para pedir que esos cambios sean introducidos lo antes posible.

El contenido de la propuesta fue presentado esta semana por la Comunidad de Derechos Humanos a un grupo de periodistas en La Paz, donde estuvieron presentes Luz Patricia Mejía, por el Mecanismo de seguimiento a la convención de Belém do Pará (Mesecvi); Ana Elena Obando, de Equality Now; Mónica Bayá, por la Comunidad de Derechos Humanos, entre otras activistas.

Además del consentimiento, la propuesta incluye un artículo para retirar del Código Penal el delito de estupro que, de aprobarse, pasaría a ser tipificado como violación sexual. El estupro, en el actual Código se entiende como el acceso carnal con una persona mayor de 14 y menor de 18 años, y se sanciona con privación de libertad de tres a seis años de edad. De aprobarse la modificación, ese delito se sancionaría con una pena de 20 a 25 años de prisión, igual que la violación.

El proyecto de las expertas también establece que los delitos sexuales contra víctimas menores de edad son imprescriptibles, en el entendido de que muchas niñas se animan a denunciar sólo cuando son adultas y luego de haber superado los golpes emocionales que esos actos les causaron.

La jurista Mónica Bayá explicó que existe un plazo de dos años para que el Estado apruebe los cambios recomendados por la Corte IDH e informó que los cuatro proyectos que cursan en la Asamblea fueron presentados, por separado, por la senadora Virginia Velasco (MAS), la senadora Andrea Barrientos (CC) y dos fueron elevados por el Ministerio de Justicia.

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