Jurista, sobre “Lo ajeno no se toca”: Ya existe el “procedimiento inmediato” para hechos flagrantes

Derechos Humanos

|

|

Sumando Voces

Foto: Min. Presidencia

ANF

El abogado constitucionalista Jorge Quiroz cuestionó la falta de coherencia en las propuestas de leyes que sólo duplican normas y repiten políticas criminales, como ocurre con el proyecto de ley “Lo ajeno no se toca”.  

El jurista indicó que para proceder en caso de delitos en flagrancia existe en el Código de Procedimiento Penal el procedimiento inmediato, pero que no se realiza por desidia y sobrecarga de casos del Ministerio Público.

“Dentro del Código de Procedimiento Penal se establece el procedimiento inmediato, si a una persona se la encuentra infraganti, se la puede someter a un procedimiento inmediato, pero cómo opera esto, esto opera con el rápido actuar del Ministerio Público, del fiscal ¿Quién tiene que actuar rápidamente? El fiscal de turno”, dijo el jurista a ANF.

El procedimiento inmediato para delitos flagrantes es un proceso especial que permite al fiscal prescindir de la etapa intermedia y diligencias innecesarias del proceso común. 

“El Ministerio Público no actúa de esa manera y deja pasar la posibilidad de que ese proceso se pueda llevar en una sola audiencia, porque el procedimiento inmediato se lo hace en una o en dos audiencias, como máximo, y el fiscal es el que tiene que preparar, no imputación, sino acusación, con las pruebas fehacientes que se tiene”, señaló Quiroz.

El 9 de mayo, el ministro de Gobierno, Eduardo Del Castillo, presentó el anteproyecto de ley “Lo ajeno no se toca”, una propuesta normativa que pretende endurecer las sanciones contra quienes cometen delitos contra la propiedad (robo, hurto, abigeato, juqueo). 

El anteproyecto de ley se sustenta creando un tipo penal denominado “Apoderamiento flagrante de la cosa ajena” mediante el cual la persona que ilegítimamente se apoderase de bienes mediante descuido, intimidación o violencia y fuera encontrado en flagrancia por efectivos policiales “será pasible a la sanción de siete años sin derecho a indulto”.

“Las políticas criminales que el Estado está implementando lamentablemente no las está haciendo de manera coherente y de acuerdo con la realidad, por un lado, y por el otro, no se prepara a los operadores de justicia para que actúen de manera inmediata”, aseveró.

Indicó que cuando todo está claro y no hay nada que debatir, no se puede ir a un procedimiento común, o sea, “si vieron a una persona matar a otra y hay imágenes donde se ve que esta persona está matando a otra, definitivamente ya no hay nada que probar, ya no se la debe llevar a medidas cautelares ni nada por el estilo, directamente se debe aplicar el procedimiento inmediato”.

Dijo que no se lo hace debido a que hay “desidia del Ministerio Público, porque no quieren trabajar en el momento que están de turno, porque tienen muchos casos que se abren en sus turnos, dejan pasar la oportunidad”.

Quiroz remarcó que para proceder en delitos flagrantes “ya no se necesita un proyecto de ley, repetimos leyes, repetimos políticas criminales que en realidad es insulso, es solamente para que la gente crea que el gobierno está haciendo algo por la gente”.

También le puede interesar:

Comparte:

Noticias

más leídas

La salud mental, la batalla invisible de los defensores de derechos en Bolivia

Bolivia necesita una nueva narrativa

Ávila: desde las 21:00 del 22 de marzo se difundirá un “alto porcentaje” de resultados preliminares

Periodistas expresan preocupación por el retiro de Telesur y Russia Today de la grilla de Entel en Bolivia

Ciudadanos protestan frente a Petrobras en Santa Cruz en apoyo a los 17 defensores de Tariquía criminalizados

Fiscalía cierra caso por agresiones policiales a periodistas tras la aprehensión de Camacho; advierten impunidad

Reglamento de la ley para huérfanos de feminicidio alcanza el 30%; costos representan solo el 3% del Bono Juancito Pinto

Denuncian tratos degradantes y represalias contra mujeres privadas de libertad en el penal de Morros Blancos de Tarija