Maquinaria pesada en funcionamiento. Foto: Fundación Solón
La Fundación Solón advirtió que contar con un contrato minero aprobado no autoriza a iniciar operaciones sin una licencia ambiental vigente y señaló que este documento establece las medidas de prevención, mitigación y control de los impactos de la actividad extractiva. La organización también remarcó que las comunidades tienen derecho a conocer los proyectos mineros, sus posibles efectos y las medidas previstas para proteger el medioambiente.
La advertencia fue planteada por Cecilia Chacón Rendón en un artículo denominado «Las licencias ambientales mineras: desmontando el mito de la legalidad minera», publicado el 20 de octubre de 2026, en el que explicó que el derecho minero y la autorización ambiental son requisitos distintos y que el incumplimiento de las normas puede derivar en sanciones, suspensión de actividades o revocación de la licencia.
Según el análisis, una vez aprobado el contrato minero por la Asamblea Legislativa, el operador debe tramitar la licencia ambiental correspondiente antes de comenzar sus actividades. Este documento depende del cumplimiento de los requisitos ambientales y, si no se obtiene o es revocado, el contrato minero queda sin efecto.
Estudios y planes de control
Para obtener la licencia, los operadores deben presentar documentación que varía según la categoría del proyecto. Entre los requisitos se encuentran estudios técnicos sobre los posibles impactos ambientales, un Programa de Prevención y Mitigación (PPM) y un Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental (PASA).
El PPM establece las medidas para prevenir o reducir los daños ambientales, además de definir responsables, plazos y costos. El PASA, por su parte, permite verificar el cumplimiento de esas medidas mediante el seguimiento y la presentación de informes sobre aspectos como la calidad del agua, el suelo y el aire.
Chacón sostuvo que el incumplimiento de los compromisos ambientales o la falta de resultados conforme a los estándares establecidos puede dar lugar a sanciones, suspensión de operaciones e incluso la revocación de la licencia, dependiendo de la gravedad de las infracciones.
Consulta pública y acceso a la información
El artículo también destaca que los procedimientos para obtener la licencia ambiental deben contemplar la consulta pública y el acceso a la información. Los operadores deben presentar los detalles del proyecto, sus principales impactos y los planes de prevención y seguimiento, para que la población pueda formular observaciones y sugerencias.
Las comunidades cercanas a las operaciones mineras, los municipios afectados y la ciudadanía tienen derecho a solicitar información sobre las actividades autorizadas, los riesgos identificados y los mecanismos de control ambiental.
La Fundación Solón remarcó, además, que la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM) y el Ministerio de Minería no son las instancias encargadas de emitir las licencias ambientales. Esa responsabilidad corresponde a las autoridades ambientales competentes del nivel nacional y departamental, que también deben realizar inspecciones y fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones.
El análisis se publica en un contexto de cuestionamientos de la organización a las decisiones gubernamentales relacionadas con la actividad minera, entre ellas la aprobación de contratos, la elaboración de un nuevo código minero y la posible apertura de áreas protegidas a derechos mineros.
Finalmente, Chacón plantea que, para verificar si una operación cumple las normas, no basta con que sus responsables afirmen tener sus documentos en regla: es necesario revisar la licencia ambiental, los planes de prevención y seguimiento, y contrastar lo autorizado con las actividades que se desarrollan en los ríos, bosques y comunidades.





