En Paraguay exigen “revisión exhaustiva” del proyecto de ley que busca el control de las ONGs porque “vulnera derechos”

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El senador Basilio Núñez, presidiendo la sesión extraordinaria. Foto: Senado de Paraguay

La Cámara de Senadores de Paraguay aprobó este lunes en una sesión extraordinaria un proyecto de ley “que establece el control, la transparencia y la rendición de cuentas de las Organizaciones sin Fides de Lucro (OSFL-ONGs)”, pese al rechazo de la sociedad civil, que ve en esta norma un intento de vulnerar el derecho a la libertad de asociación, obstaculizar el acceso al financiamiento y generar un marco regulatorio burocrático y punitivo para las instituciones.

Al respecto, las OSFL emitieron un comunicado conjunto en el que exigen “la revisión exhaustiva del proyecto de ley para eliminar las disposiciones que vulneran derechos fundamentales y obstaculizan el trabajo del sector civil”.

La norma fue aprobada en el Senado con modificaciones y pasó a la Cámara de Diputados para su tratamiento final.

Tras su aprobación, Amnistía Internacional expresó su “grave preocupación” por la aprobación del proyecto porque, según dijo, pondría en riesgo la defensa de los derechos humanos en aquel país.

“Las organizaciones de la sociedad civil son fundamentales para la defensa de los derechos humanos, y son muchas las personas que dependen de su trabajo, por lo que estas entidades necesitan contar con los recursos, la libertad y la seguridad necesarias para existir y actuar adecuadamente”, afirmó Ana Piquer, directora para las Américas de Amnistía Internacional.

Cuatro son los puntos críticos del proyecto que fueron observados por las OSFL-ONGs. El primero de ellos es la contraposición a las normas legales y constitucionales porque, según las organizaciones, vulnera “el derecho a la inviolabilidad del patrimonio documental y la comunicación privada, la libertad de concurrencia, la libertad de asociación y principios básicos del derecho administrativo”.

La segunda observación de las organizaciones civiles es que contiene “medidas confiscatorias” porque “pretende que el Estado se apropie de recursos privados de las OSFL, centralizando su administración en el Ministerio de Economía y Finanzas, atentando contra la autonomía e independencia de estas organizaciones”.

La tercera observación es que “contiene sanciones desproporcionadas”, tanto para personas físicas y jurídicas “aplicable a cualquiera que cuente con un rol de supervisión o que conduzca a la administración interna de una OSFL”. Las ONGs denuncian que se buscan establecer multas de hasta mil salarios mínimos, suspensiones e incluso disolución, sin un debido proceso ni garantías legales.

Y la cuarta observación es que se pretende un “exceso de control estatal”, obstaculizando el acceso al financiamiento y obligando a las ONGs a que se registren en el Ministerio de Economía, sin procedimientos claros.

Las ONGs aclaran que no están en contra de la transparencia ni de la rendici´pon de cuentas, pero aseguran que ya cumplen más de 10 obligaciones con el Estado, además de registros en varias instancias y rendiciones de cuentas a los donantes.

El proyecto fue promovido por el cartismo con el argumento de que se debe transparentar el trabajo de estas organizaciones para que el dinero que llega a Paraguay se use en los fines para los que fue destinado y no para otros objetivos.

El senador Silvio Ovelar, presidente de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, dijo que la norma “cubrirá una laguna existente en la legislación respecto al control de las organizaciones sin fines de lucro”.

Luego de la aprobación del proyecto, las ONGs emitieron otro comunicado expresando su preocupación porque “en la sesión del Senado de la tarde 8 de julio, se hayan tergiversado hechos, y expuesto de manera injusta, a personas y organizaciones que operan legalmente y con integridad. Esta ley, que debería promover la transparencia y la rendición de cuentas, parece ser utilizada para perseguir y silenciar a aquellos considerados oposición”.

Mira el comunicado de las OSFL:

Comunicado-de-prensa-Proyecto-de-Ley-1

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