Corte IDH condena a Ecuador por violar derechos de pueblos indígenas en aislamiento

Internacional

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Yenny Escalante

Pueblos indígenas de Ecuador. Agencia Ecologista

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) condenó a Ecuador por la vulneración de los derechos de los pueblos indígenas Tagaeri y Taromenane, quienes viven en aislamiento voluntario en la Amazonía y enfrentan amenazas debido a la explotación petrolera en su territorio. Este fallo, emitido el 13 de marzo, marca un precedente al ser la primera vez que el tribunal continental se pronuncia sobre los derechos de pueblos indígenas en aislamiento.

En su sentencia, la Corte IDH declaró que el Estado ecuatoriano es responsable de la violación de los derechos a la propiedad colectiva, la libre determinación, la vida digna, la salud, la alimentación y la identidad cultural de estos pueblos. Además, el tribunal enfatizó que el principio de no contacto y el respeto a su decisión de permanecer en aislamiento deben ser los ejes fundamentales de cualquier acción estatal.

Los Tagaeri y Taromenane habitan la Reserva del Yasuní, en las provincias amazónicas de Pastaza y Orellana, donde se han instalado varios campos petroleros. Entre ellos, el bloque ITT (Ishpingo-Tambococha-Tiputini) se ha convertido en un símbolo de la resistencia contra la explotación petrolera. En 2023, una consulta popular determinó la suspensión de sus operaciones, aunque el proceso de retiro de la maquinaria aún no se ha completado.

La sentencia también responsabiliza a Ecuador por la vulneración de derechos de dos hermanas indígenas que fueron secuestradas en 2013 cuando tenían 6 y 2 años. Las menores fueron entregadas a diferentes familias de otra comunidad amazónica y, durante el trámite del caso, se conoció que una de ellas quedó embarazada, lo que generó tensiones entre funcionarios estatales, sus representantes y la propia niña.

La Corte ordenó al Estado ecuatoriano investigar y esclarecer las circunstancias de la muerte de más de 60 indígenas en los años 2003, 2006 y 2013, y sancionar a los responsables. También exigió la implementación de medidas de reparación para las dos niñas sobrevivientes y la creación, en un plazo máximo de seis meses, de una comisión para evaluar y ampliar la Zona Intangible Tagaeri-Taromenane (ZITT) en función de la ubicación de sus poblaciones y sus espacios de expansión, garantizando su protección frente a actividades extractivas.

El colectivo ambientalista Yasunidos calificó el fallo como «histórico» y una victoria para los pueblos en aislamiento voluntario. «Este fallo marca un precedente fundamental», escribió en redes sociales Leonidas Iza, líder de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), la mayor organización indígena del país.

Con esta decisión, la Corte IDH refuerza el mandato expresado por los ecuatorianos en la consulta popular de 2023 y obliga al Estado a garantizar la protección de los pueblos indígenas en aislamiento, cuya supervivencia está en riesgo por la actividad petrolera en sus territorios.

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