ERBOL
El Gobierno determinó abrogar los decretos que permitían los descuentos por planilla para aportes sindicales en las entidades públicas del nivel central del Estado, incluyendo al magisterio y jubilados.
La decisión se enmarca en el nuevo Decreto 5654, cuyo objeto es —según se lee— “proteger los sueldos, salarios y rentas de las y los servidores públicos y jubilados”, evitando así “descuentos discrecionales”.
La norma establece que únicamente podrán aplicarse descuentos por los siguientes conceptos: seguridad social de largo plazo; faltas, atrasos y sanciones administrativas; Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA); retenciones judiciales por asistencia familiar; y recuperaciones en favor del Estado por cobros indebidos.
Asimismo, dispone que las entidades públicas deberán dejar sin efecto cualquier descuento por planilla que no esté contemplado en esos conceptos.
La nueva norma abroga siete decretos supremos que regulaban descuentos por planilla, entre ellos el Decreto Supremo 0106 de 2009, que establecía el régimen de aportes sindicales para el magisterio. Asimismo, se derogaron artículos de otros dos decretos relacionados al tema.
Según el Decreto 5654, a partir de ahora, los servidores públicos y jubilados que deseen efectuar aportes voluntarios deberán autorizar, de manera individual, expresa, revocable y verificable, el débito directo desde su cuenta en una entidad financiera.
En el caso de los jubilados del Sistema de Reparto, el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR) únicamente podrá efectuar descuentos por seguridad social de corto plazo, asistencia familiar, recuperaciones en favor del Estado y convenios con entidades públicas del nivel central.
La norma también faculta a las entidades territoriales autónomas a adoptar medidas similares en el marco de sus competencias. No obstante, se excluye de esta norma a las Fuerzas Armadas y a la Policía Boliviana.
Ministro Bascopé: «El derecho a la sindicalización y asociación se mantiene»
Por su lado, el ministro de Trabajo, Williams Bascopé, explicó este martes que, tras la aprobación del Decreto Supremo 5654, serán las bases las que definirán si desean realizar aportes económicos a sus sindicatos y la forma en que estos serán administrados.
Según Bascopé, la nueva norma responde a solicitudes planteadas por las bases y se enmarca en el respeto a la independencia sindical.
Explicó que el Ejecutivo mantiene el reconocimiento al derecho de sindicalización, la libertad de asociación y la protesta, pero considera que la definición sobre los aportes corresponde exclusivamente a las organizaciones sindicales.
“Sus mismas bases han pedido aquello. Entonces ellos deben definir a dónde va su aporte y si ellos realmente desean aportar», enfatizó.
El ministro indicó que, según estimaciones, algunos sectores como el magisterio urbano y rural, salud y jubilados realizan aportes que promedian unos Bs 458 al año, por lo que consideró que corresponde a los propios afiliados decidir sobre el destino y administración de esos recursos.
«Ellos tienen que definir con su dirigencia y sus bases para ver a dónde van sus aportes, cómo van a aportar y quién se los va a administrar. Eso es la independencia sindical», afirmó.
Acá puede acceder al decreto emitido este lunes 13 de julio:





