La Corte IDH reconoce por primera vez el cuidado como un derecho humano autónomo y exige a los Estados garantizar su protección

Derechos Humanos

|

|

Yenny Escalante

Foto referencial sobre la labor del cuidado, tomada de El País Tarija

La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una Opinión Consultiva histórica que reconoce el derecho al cuidado como un derecho humano autónomo. Este fallo, solicitado por Argentina y aprobado el 12 de junio de 2025, insta a los Estados a garantizar condiciones dignas para quienes cuidan, quienes son cuidados y el autocuidado, bajo principios de igualdad, no discriminación y corresponsabilidad social y familiar.

«El cuidado tiene como propósito no solo la subsistencia de las personas cuidadas y aquellas que cuidan, sino la realización y consecución de su proyecto de vida, de manera que refuerza la autonomía personal e inclusión en la comunidad. Este derecho se rige por el principio de corresponsabilidad social y familiar, pues los cuidados recaen solidariamente sobre la persona, la familia, la sociedad y el Estado»; por el principio de igualdad y no discriminación, que requiere que los hombres y las mujeres tengan las mismas condiciones y responsabilidades en el cuidado», refiere el documento de Opinión Consultiva.

La Corte señaló que el cuidado es una necesidad básica y universal esencial para la dignidad humana y la vida en sociedad. Reconoció que el cuidado desempeña una función instrumental en el ejercicio de diversos derechos humanos y debe abordarse desde tres dimensiones: el derecho a ser cuidado con atención adecuada y respetuosa; el derecho a cuidar, protegiendo a las personas cuidadoras, tanto remuneradas como no remuneradas; y el derecho al autocuidado, que implica autosuficiencia y bienestar personal.

Asimismo, la Corte advirtió sobre la concentración desigual de las labores de cuidado en mujeres, una situación estructural que perpetúa discriminaciones y obstaculiza el ejercicio pleno de otros derechos como el trabajo, la seguridad social y la educación. Por ello, instó a los Estados a adoptar políticas públicas integrales que promuevan una distribución equitativa de estas tareas y brinden apoyos suficientes, incluyendo reformas educativas, flexibilidad laboral y sistemas de cuidado públicos y comunitarios.

El fallo destaca la obligación de los Estados de proteger a los colectivos más vulnerables, como niños, personas mayores, personas con discapacidad y mujeres embarazadas, garantizando cuidados que respeten su autonomía y dignidad. También asegura que las personas cuidadoras tengan acceso efectivo a la seguridad social, el trabajo digno, salud y educación, así como a medidas para prevenir violencia y discriminación.

«El Estado tiene la responsabilidad de adoptar medidas progresivas para avanzar en la conciliación de la vida laboral con las responsabilidades familiares, la educación y la existencia de medios adecuados para llevar a cabo las labores de cuidado de manera segura y digna», establece el documento de la Corte IDH.

Sobre el ámbito laboral, la Opinión Consultiva reconoce las labores de cuidado, remuneradas y no remuneradas, como trabajos con valor económico y social, y exige la garantía de derechos laborales plenos, condiciones justas y protección frente a abusos y acoso. Además, propugna sistemas de seguridad social inclusivos, licencias por maternidad y paternidad, y ajustes normativos para incluir a trabajadores con responsabilidades familiares variadas, incluyendo familias monoparentales y comunidades LGBTIQ+.

Finalmente, la Corte destacó que los sistemas nacionales de cuidados pueden ser mecanismos útiles para garantizar el derecho al cuidado, permitiendo una adecuada regulación y supervisión que atienda las necesidades sociales de forma progresiva y sostenible.

Esta Opinión Consultiva marca un avance significativo en la protección y reconocimiento del cuidado como un derecho humano integral, vinculando su garantía con la justicia de género y la inclusión social en la región americana.

Al respecto, la Coordinadora del Programa Defensores y Defensoras de la Red UNITAS, Claudia Terán, señaló que asegurar el derecho al cuidado es asegurar condiciones dignas para vivir. «Una sociedad que no cuida, ni a sus personas ni a quienes las cuidan, es una sociedad que se descuida a sí misma. El fallo de la Corte IDH abre una puerta; ahora corresponde a los Estados y a la ciudadanía cruzarla, con voluntad política, acción inmediata y compromiso real», puntualizó.

Aquí puede leer el documento completo de la Corte IDH:

corte-idh-el-contenido-y-el-alcance-del-derecho-al-cuidado-y_es

También le puede interesar:

Comparte:

Noticias

más leídas

¿Por qué el “modelo cruceño” no es inmune a la crisis económica?

Rodrigo Paz da la sorpresa, gana las elecciones y va a segunda vuelta con Tuto Quiroga

Defensoría está preocupada por el contrato del litio y pide priorizar el respeto a la Madre Tierra

Comisión de DDHH de Diputados aprueba proyecto que prohíbe el matrimonio infantil en Bolivia

¿Quiénes son los parlamentarios que aprobaron el contrato de litio con la empresa rusa?

Asociaciones de la prensa rechazan amenazas de Edman Lara contra periodistas

Mujeres indígenas analizan la aplicación de la Ley 348 en cuatro autonomías de tierras bajas

Indignación por uso de cerdito como “pelota” en evento de Guanay, exigen sanciones