Transición: Profesionales afirman que el Gobierno debe cumplir una veintena de normas para la protección y transferencia de archivos

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El Palacio de Gobierno concentra información de la Presidencia y de varios ministerios. Foto: Urgente

Profesionales en Archivística y Gestión Documental emitieron un pronunciamiento en el que afirman que las autoridades del gobierno saliente deben cumplir una veintena de normas para la protección y transferencia de archivos del Estado.

Esta alerta, que titula “La obligatoriedad en la preservación y custodia de la documentación pública en el proceso de transición de gobierno”, se produce en momentos en que los delegados del nuevo Gobierno denunciaron la documentación recibida está incompleta y que en algunos casos les entregaron CDs vacíos.

“Si bien Bolivia no cuenta aún con una Ley General de Archivos que determine los procesos de gestión documental (físicos y digitales), como los países vecinos y el resto del mundo, es importante que se logre considerar y dar cumplimiento a la legislación existente que, aunque dispersa, se convierte en un respaldo de los actos administrativos de toda entidad estatal y relacionadas; de manera que todo funcionario y autoridad de instituciones del estado y relacionadas den fiel cumplimiento a la protección documental y transferencias de archivos de acuerdo a normas de gestión documental generalizadas”, señala el pronunciamiento.

Las personas que firman el comunicado desean “que exista una transición saludable y responsable, así como lo expresan quienes hoy dejan y quienes reciben el gobierno, tanto en el poder Ejecutivo, como el Legislativo”.

Añaden que la documentación es clave en estos procesos. “Por eso nos damos a la tarea de recordar algunas responsabilidades que toda institución pública y funcionarios deben cumplir de acuerdo con el marco legal vigente”.

Las normas citadas se refieren al deber de los funcionarios de custodiar y archivar la documentación, a la prohibición de destruir los documentos y al derecho ciudadano de acceder a la información, que se rige bajo el principio de la transparencia.

Por ejemplo, el artículo 237 de la Constitución establece, entre las obligaciones de la función pública, “Inventariar y custodiar en oficinas públicas los documentos propios de la función pública, sin que puedan sustraerlos ni destruirlos. La ley regulará el manejo de los archivos y las condiciones de destrucción de los documentos públicos”.

La Ley de Procedimiento Administrativo (2341) “Reconoce el derecho ciudadano de acceso a los archivos y dispone la obligación institucional de mantener y preservar los antecedentes administrativos como garantía de transparencia y control público”.

El Decreto Supremo 22145 “Define la documentación inactiva y prohíbe su destrucción. Ordena la habilitación de una dependencia adecuada en cada entidad pública y la nominación de personal encargado”.

Entre las firmantes del documento figuran Verónica Sandy, Ninoska Figueroa, Aydee Trujillo y Lorena Martínez.

La veintena de normas están enlistadas en este PDF:

Obligaciones-en-cuanto-a-la-Documentacion-Publica

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