Imágenes de archivo de la represión policial en contra de indígenas. Foto: IDHPUCP
La Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de Bagua ordenó la exclusión de los abogados vinculados a organizaciones no gubernamentales (ONGs) que defendían a los 16 líderes indígenas procesados por los hechos ocurridos en la Estación 6 de PetroPerú el 5 de junio de 2009, en el marco del llamado “Baguazo”. La decisión se basa en la aplicación de la Ley 32301 (Ley APCI), que prohíbe a las organizaciones que reciben cooperación internacional litigar contra el Estado peruano. Esta determinación generó alarma en la sociedad civil por la vulneración de los derechos de los indígenas.
La abogada de las víctimas y secretaria ejecutiva de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, Tania Pariona, criticó la Ley APCI, puesto que se enmarca en un contexto de retrocesos en la protección de los derechos humanos en el país. «Estamos viviendo un escenario adverso, con represión militar, asesinatos de defensores ambientales y una creciente impunidad frente a los crímenes cometidos por el Estado y actores privados», afirmó en el programa La Hora Verde de Perú. Además, destacó que la ley podría limitar el acceso a la justicia de comunidades indígenas y familias de víctimas de violencia, quienes dependen del apoyo legal de las ONG para enfrentar al Estado en procesos judiciales.
- La Ley APCI es considerada por la sociedad civil como una «Ley Mordaza».
- Los acusados tienen tres días para designar nuevos abogados o, de lo contrario, se les asignará defensa pública.
La medida ha generado preocupación en sectores sociales y jurídicos, al considerar que vulnera el derecho a la defensa y dificulta el acceso a la justicia de los pueblos indígenas, quienes en muchos casos no cuentan con recursos para contratar abogados particulares especializados. Las ONG excluidas eran, hasta ahora, su principal respaldo técnico y legal.
Organizaciones como la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos advierten que la aplicación de la Ley APCI en este contexto pone en riesgo principios internacionales como el Convenio 169 de la OIT, que reconoce el derecho de los pueblos indígenas a un trato diferenciado y acceso reforzado a la justicia. Además, consideran que la norma genera una desigualdad frente al Estado, que sí cuenta con abogados y recursos para sostener su defensa legal.
El caso Baguazo se remonta a 2009, cuando comunidades indígenas se enfrentaron con fuerzas policiales durante protestas contra normativas estatales relacionadas con la explotación de recursos naturales en territorios amazónicos. Los hechos derivaron en decenas de muertes y un prolongado proceso judicial en el que defensores y familiares han denunciado criminalización de la protesta social.
Pariona calificó la exclusión de los abogados como un “doble agravio” para las comunidades, al considerar que no solo limita la tutela jurisdiccional efectiva, sino que también profundiza su situación de vulnerabilidad histórica.
Especialistas en derechos humanos temen que esta decisión siente un precedente peligroso para otros casos donde comunidades vulnerables dependen del patrocinio legal de organizaciones de la sociedad civil, perpetuando así barreras al acceso equitativo a la justicia.
La Ley APCI fue creada el 8 de diciembre de 2006; sin embargo, las modificaciones que incluyen restricciones legales y prohíben el financiamiento para defensa legal por parte de ONG se promulgaron el 14 de abril de 2025.
Al respecto, Amnistía Internacional de Perú expresó su claro rechazo y profunda preocupación ante la Ley APCI, pues sus modificaciones afectan el trabajo de las ONG. Advierte que esta normativa restringe indebidamente los derechos de asociación, libertad de expresión y el acceso a la justicia, poniendo en riesgo el espacio cívico en Perú.
«Todo lo que hagan las organizaciones de la sociedad civil con fondos de la cooperación internacional tendrá que ser previamente aprobado por el Estado, lo cual deja estas decisiones a discrecionalidad de las autoridades. Esto puede implicar, incluso, la eliminación del registro en APCI de las organizaciones que critiquen a las autoridades», manifestó la directora de Amnistía Internacional en Peru, Marina Navarro.
También se pronunció la directora de Amnistía Internacional para las Américas, Ana Piquer, quien señaló que con esta ley se obstaculiza el acceso a la justicia de las víctimas de diferentes vulneraciones de derechos en Perú, como la represión estatal, la contaminación ambiental o la violencia machista, que en el pasado lograron acceder a la justicia con el apoyo de organizaciones de la sociedad civil. «Esta ley alimetna la impunidad de las autoridades que violan los derechos humanos», dijo en una nota publicada en la página de Amnistía.
La Ley APCI sanciona a las ONG que utilicen cooperación internacional para demandar al Estado con multas e incluso la cancelación de su personería jurídica. No obstante, su aplicación en el caso Baguazo ha abierto un nuevo debate sobre su constitucionalidad y los límites del derecho a la defensa en contextos de alta conflictividad social y desigualdad estructural.
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