Diego Alejandro Gutiérrez Ávila
La Defensoría del Pueblo, a una semana de iniciada la gestión 2026, ya ha emitido una nueva alerta sobre la criminalización de los defensores de la Madre Tierra. La premisa es clara: “no se puede criminalizar la defensa de los derechos humanos porque es una defensa para toda la sociedad y también para las futuras generaciones” (Defensoría del Pueblo, 2026).
A pesar de que estas aseveraciones resultan alarmantes —más aún considerando el corto tiempo transcurrido del año—, reflejan fielmente la realidad que enfrentan los defensores del medio ambiente en un entorno profundamente adverso, donde alzar la voz para proteger lo más sagrado se convierte en sinónimo de persecución sistemática y desgaste permanente.
La escalada de la persecución
Los datos respaldan esta preocupante tendencia. Durante los dos primeros cuatrimestres de la gestión 2025 (enero–abril y mayo–agosto) se registraron 32 casos de agresión contra defensores. En el primer cuatrimestre se documentaron 10 casos vinculados a la vulneración de sus derechos (UNITAS, 2025), mientras que en el segundo cuatrimestre la cifra se elevó drásticamente a 22 casos (UNITAS, 2025).
Tomando en cuenta este crecimiento abrupto, es previsible que los casos de vulneración de derechos continúen en aumento. Los defensores, pese a contar con una legitimidad incuestionable para la protección de los derechos colectivos, de la tierra y del territorio, se encuentran completamente desprotegidos frente a grupos financieros, empresas transnacionales y actores depredadores de recursos, así como —en cierta medida— frente al propio Estado, que debería garantizar su protección.
El problema: no es la norma, es la institución
Así, el problema principal no radica en la ausencia de normativa. La Constitución Política del Estado, así como la Ley de la Madre Tierra, son claras y precisas al establecer un marco jurídico de protección de los derechos, tanto de las personas defensoras como de la naturaleza.
El conflicto emerge en la práctica y en la falta de institucionalización efectiva. Un ejemplo crítico es el de los defensores de Tariquía: ¿cómo pueden ejercer sus derechos frente a avasallamientos y atropellos extractivos si el sistema judicial les da la espalda? El principio de impulso procesal a favor de la víctima brilla por su ausencia, mientras que los requisitos y obstáculos para denunciar penalmente los abusos se convierten en muros infranqueables.
Responsabilidad internacional e invisibilización política
La responsabilidad del Estado en la protección de los derechos de los defensores es innegable, más aún considerando los antecedentes ante instancias internacionales:
“La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a través de su relator y comisionados, cuestionó en audiencia pública la criminalización de defensoras y defensores ambientales en Bolivia y la ausencia de mecanismos estatales de protección” (Mercado, 2025).
No obstante, esta responsabilidad permanece invisibilizada por intereses políticos y acuerdos opacos vinculados a la explotación de recursos naturales en el territorio. Por ello, hoy más que nunca, resulta vital reforzar los esfuerzos conjuntos para alcanzar una protección efectiva.
En este escenario adverso, las redes de articulación adquieren una importancia estratégica. Es precisamente el tejido entre distintas organizaciones el que puede generar cambios positivos. La defensa de los derechos es una tarea incansable y una responsabilidad compartida. Frente al ataque sistemático, la unión, el apoyo coordinado y el seguimiento constante se constituyen en las herramientas más poderosas para enfrentar la depredación de nuestros derechos y de nuestro territorio.
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Diego Alejandro Gutiérrez Ávila es abogado especialista en litigio estratégico de Derechos Humanos.
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