Oscar Hasenteufel, presidente del TSE. Foto: TSE
Raúl Peñaranda U., Brújula Digital
A pocos días de las elecciones judiciales en Bolivia, el presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Óscar Hassenteufel, se pronunció sobre uno de los temas más controversiales del sistema político boliviano: el voto popular para designar magistrados y la preminencia de facto que tiene el Tribunal Constitucional, al que llamó “suprapoder” sobre los otros órganos del Estado. Este es el diálogo que mantuvo con Brújula Digital.
Estamos a pocos días de un nuevo proceso electoral, esta vez la tercera elección judicial, con muchas polémicas y problemas, entre otras cosas porque va a ser una elección parcial. Ese es el aspecto más polémico de estas elecciones.
Tenemos ya todo el escenario totalmente completo y preparado para que este domingo 15 de diciembre podamos llevar adelante la elección judicial.
Sabemos todos que esta es la tercera elección judicial y que, a diferencia de las dos primeras, esta no va a ser completa debido a la sentencia constitucional 0770/2024 del Tribunal Constitucional. De los 26 magistrados que deberían elegirse, solo vamos a elegir 19. Hablo de titulares y, obviamente, del mismo número de suplentes.
Todo indica que el pueblo boliviano nunca estuvo muy de acuerdo con este sistema de conformación de los altos tribunales del país mediante el voto popular. Digo esto porque en la primera elección, de 2011, los votos blancos y nulos ascendieron a 57%, y en la elección de 2017 esto subió al 65%.
Entonces, ese resultado objetivo demuestra que desde el primer momento hubo un rechazo del pueblo boliviano a este sistema de conformación de los altos tribunales en nuestro país.
Y ahora se realizará todavía de manera parcial…
Sí. Es posible que la Asamblea Legislativa no hubiese cumplido adecuadamente su trabajo porque, si uno revisa las listas, efectivamente no se garantizó la equidad de género, sobre todo en algunos distritos.
Es por eso que el Tribunal Electoral oportunamente devolvió las listas a la Asamblea Legislativa, pero la Asamblea nos mandó de nuevo el mismo listado. El Tribunal aceptó aquel reenvío de las listas de postulantes candidatos por parte de la Asamblea, y no cabe duda también que hubo, por decir lo menos, un exceso de parte del Tribunal Constitucional. Un exceso en el sentido de que, aunque sea excepcionalmente, se violó el principio de preclusión, que es un principio fundamental en el sistema electoral y en el derecho electoral boliviano.
A propósito de ese principio de preclusión, quiero recordar que en el año 2010 fui invitado a colaborar con un artículo sobre el Órgano Electoral en el contexto de la nueva Constitución de 2009.
Y en ese artículo justamente anoté que le faltó a la Constitución política establecer algunos elementos importantes. Sobre todo los referidos a que las decisiones del Tribunal Supremo Electoral deban ser de carácter obligatorio, irrevisables e inapelables. Eso debió incorporarse en la Constitución y no simplemente en la ley del órgano electoral. Igualmente anoto en aquel artículo que se debió rescatar la norma que ya existía en la Constitución de 1967, artículo 226, en el sentido de que se respeta y garantiza “la autonomía, independencia e imparcialidad” del órgano electoral. Y dije finalmente que la Constitución debió recoger los principios contenidos en el artículo 3º del Código Electoral y sobre todo el de preclusión, que como digo es un principio fundamental en el derecho y en el sistema electoral boliviano.
Y ahí se le quitaron atribuciones al organismo electoral…
Sí, y en ese artículo advertí, yo creo que oportunamente, que le faltaron esos elementos a la Constitución de 2009. Pero en cambio la Constitución sí dice que los fallos del Tribunal Constitucional son inapelables.
¿Y cuál es su criterio sobre esta elección? Seguro que va a volver a ganar el blanco y nulo.
Con seguridad que puede ocurrir eso, aunque no debiera. Yo creo que, aunque sea una elección parcial, debería ir el ciudadano a emitir un voto positivo, no blanco ni nulo, porque esta elección, en definitiva, no va a resolver nada en cuanto a establecer o a provocar un cambio de fondo en la administración de justicia. Pero es preferible que los que sean electos, sean electos por un buen caudal de votos y no por votos en un porcentaje mínimo.
Dice usted que esta elección no va a resolver nada…
Sí. Decía hace rato que la elección judicial no va a modificar nada en lo que hace a la administración de Justicia, que tiene problemas que los siente el ciudadano que todos los días tiene que ir a los juzgados, que sus causas no se despachan oportunamente, que de repente tiene que pagar algo, por lo menos ese es el comentario popular.
Esos problemas son de infraestructura, los jueces trabajan en despachos miserables donde están rodeados de cientos de expedientes; hay problemas de acumulación de causas, los jueces tienen que despachar muchas causas al día y eso no es fácil de hacer. Por eso pueden también equivocarse, pueden cometer errores.
Los sueldos que se pagan a los jueces, no hablo de los altos magistrados, no son los más adecuados. Hay que crear más juzgados y hay que desconcentrar la ubicación de los mismos, no puede ser que todo esté concentrado ahí en un solo denominado “palacio de justicia”. Hay que crear casas de justicia con solo dos o tres juzgados, de modo que el acceso a la justicia sea más fácil para el ciudadano. Nada de eso se resuelve con las elecciones de este domingo.
Pero la elección de jueces está en la CPE y no se puede cambiar de manera fácil.
Sí, hay que reformar la Constitución, porque hemos establecido un verdadero suprapoder. El Tribunal Constitucional es un suprapoder y eso hay que modificarlo.
Pero ¿por qué se creó ese tribunal? Porque ciertamente los bolivianos parece que siempre andamos copiando cosas. Surgió en Europa la moda de los tribunales constitucionales y después eso se fue difundiendo por toda Europa hasta que llegó en los años 85-90 a Bolivia.
Y aquí debo hacer otra precisión histórica, pero justa. Pese a que la Corte Suprema en su momento (Hassenteufel era uno de los magistrados, NdE) planteó que no se creara un tribunal constitucional, sino una sala constitucional al interior de la Corte Suprema, no se escuchó esa opinión.
El presidente era Gonzalo Sánchez de Lozada e impulsó esa reforma constitucional.
Sí, el presidente era el señor Sánchez de Lozada. Y lamentablemente no escuchó esos argumentos. Pero no podemos decir que fue un capricho de un gobierno. Era un movimiento que apoyaba eso, como son las modas.
Y ahora, esa reforma a la Constitución que usted señala que deberíamos enfrentar, entonces, ¿se basaría en eliminar el tribunal?
Yo creo que hay que eliminar el Tribunal Constitucional. Y hay que volver a esa idea que planteé sobre que una sala de la Corte Suprema se encargue de ello.
Y obviamente eso tiene que hacerse mediante las vías regulares, que es llamar a una Asamblea Constituyente.
Sí, primero aprobar una ley y luego convocar a una Asamblea Constituyente. Hay que pensar en una Asamblea Constituyente porque no es el único tema que puede ser objeto de una modificación. Creo que hay otros temas, pero no los vamos a mencionar ahora.
Pero usted, como expresidente también de la Suprema y de este órgano también, ¿cree que también tenemos que analizar si se debe reformar la elección popular de magistrados? ¿Y que volvamos como era antes, cuando el Legislativo elegía a los magistrados?
Hay que estudiar ello; pueden haber varias opciones, varias posibilidades. Hay varios sistemas en el mundo que podemos estudiar. Desde una elección ratificatoria, como se hace en Japón: previa designación por el Congreso, después de un tiempo se somete a referéndum la decisión para que el pueblo ratifique o no esa elección.
Se puede modificar el sistema de preselección, mantener la elección popular, pero hacer que no sea la Asamblea la que haga la preselección, sino que haya una instancia que pueda estar conformada por las universidades, los colegios de abogados, organizaciones sociales, que sean los que califiquen y definan la lista de candidatos.
¿Más o menos como fue la propuesta de los juristas independientes?
Exactamente. Y esa lista de candidatos puede ser elevada a la Asamblea Legislativa, pero con carácter vinculante, para así eliminar uno de los elementos que ha sido siempre el motivo principal de crítica, tanto en el viejo sistema como en el actual: la influencia política.
Hay un precedente que fue una ley interpretativa para la elección de prefectos por voto popular. La CPE anterior establecía que era el presidente de la república el que designaba a los prefectos, pero se hizo la ley para que fueran elegidos por voto, pero al final el presidente seguía “designando” a los prefectos que habían ganado. Se podría pensar en ello para la futura designación de magistrados.
La analista Jimena Costa ha señalado que el 10 de agosto para las elecciones generales es una fecha muy temprana.
Mire, hay que tomar la previsión de que se daba repetir la votación en algunas mesas, repetición que se llevaría a efecto dos semanas después, o sea, a fines de agosto.
Y, segundo, hay que tomar la previsión de que si hace falta una segunda vuelta, como la Constitución dice que hay que hacerla dentro de los 60 o a los 60 días, esa segunda vuelta debería realizarse en octubre. Y eso garantizaría que el 8 de noviembre se esté haciendo la transmisión de mando.
Pero el calendario electoral se inicia en abril de 2025.
Sí, pero es necesario que el Legislativo haga su tarea en un aspecto fundamental y es que apruebe la ley de asignación de diputados, que debe realizarse con los resultados del último censo. Porque con ello nosotros podemos avanzar en la revisión de las circunscripciones.
Porque, a ver, lo pongo como ejemplo al departamento de Chuquisaca. Chuquisaca en el censo ha obtenido alrededor de 600.000 habitantes. La ciudad capital ha llegado aproximadamente al 50% de esa población, o sea unos 300.000 habitantes. Y Sucre en este momento tiene dos circunscripciones uninominales de cinco. Tal vez amerite aumentar una para Sucre, eso tenemos que verlo. Y ese mismo fenómeno ocurre en otros lados.
Entonces, hay que hacer un nuevo dibujo de las circunscripciones para que haya proporcionalidad poblacional en cada una de ellas.
¿Y eso lo puede hacer el Tribunal Electoral una vez que se apruebe la ley de escaños?
Ese es el requisito, la ley de escaños, mientras tanto, no se puede, aunque afortunadamente solo hay un cambio de diputación (Chuquisaca pierde uno, que gana Santa Cruz NdE), y ello no va a restar a ningún uninominal, entonces eso facilita las cosas.
Vuelvo al tema de las elecciones judiciales parciales. ¿Cuándo se podrán completar esos magistrados?
Mire, ni siquiera se necesita una ley, se necesita que el Legislativo complete las listas, que las mande al Tribunal Electoral y nosotros podemos convocar a esas elecciones de manera rápida, a principios del próximo año.
Esto me da pie a peguntar sobre la esta versión en algunos círculos políticos que señalan que el TSE está intentando que no haya elecciones generales el próximo año y que si hubiera elecciones judiciales, eso impediría que haya elecciones presidenciales.
Primero, no hay ninguna idea en el Tribunal Supremo Electoral de postergar las elecciones generales. Segundo, la norma no es totalmente explícita de que no se pueden realizar dos elecciones en un mismo año. Pero las elecciones generales están garantizadas.
Manuel Morales, de Conade, ha criticado que el TSE hubiera suspendido la participación de los delegados políticos en las elecciones judiciales del próximo domingo.
Mire, en realidad, no es una decisión del TSE, eso está establecido en la ley. Cuando se habla de la elección judicial, se dice que en este proceso no habrá delegados de los partidos políticos. No es una decisión del tribunal. No es algo arbitrario. Es básicamente un mandato legal, porque se supone que la elección judicial no debe estar contaminada con elementos políticos.
Dice el artículo III de la ley de organizaciones políticas, tengo aquí, voy a leer: “En la elección de autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional, no se habilitarán delegados de organizaciones políticas”.
Sin embargo, cualquier ciudadano que tenga una objeción o una observación al resultado que se establezca en cada mesa después del conteo puede hacer sus observaciones. Eso está permitido.
Y también hay, y estamos acreditando, a varias misiones nacionales y extranjeras de observación electoral.
Un sector evista lo han criticado a Ud. y a la sala plena por haber votado a favor del nuevo presidente del MAS, Grover García.
Si recuerda, cuando el TCP decidió llevar adelante la elección judicial parcial, yo sostuve en la sala plena un voto diferente, digamos, disidente, aunque no se usó ese término, porque yo estaba en contra de esa decisión.
Bueno, también el TCP autorizó el registro de la dirección del partido político MAS, encabezada precisamente por el señor García. Esa decisión que acatar ese fallo la adoptó la sala plena en mi ausencia, yo estaba de viaje oficial en Uruguay. Mi voto en ese caso hubiera sido disidente.
Yo no creo realmente, aunque la Constitución garantiza las decisiones del Tribunal Constitucional, que en estos casos debamos acatar esas decisiones porque, primero, han violado el principio de preclusión y, segundo, también han incidido en decisiones que son de exclusiva competencia del órgano electoral.
Hay gente que está hablando cosas que, de alguna manera, suponen que yo he intervenido en esa decisión. Yo no he intervenido en esa decisión. Y si hubiese intervenido, mi voto hubiera sido disidente.
¿Y disidente qué hubiera significado? ¿Que el partido MAS hubiera tenido todavía que resolver su problema internamente?
No, porque había los votos suficientes para adoptar la decisión que se adoptó. Pero si no hubieran existido esos votos, claro, el MAS debió cumplir con su estatuto y elegir a su presidente.
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