Aunque las 10 organizaciones políticas que competirán en las elecciones 2025 cumplieron con la normativa de paridad y alternancia al momento de registrar sus candidaturas, los datos revelan una desigualdad estructural que persiste en los espacios de mayor visibilidad política, según la Coordinadora de la Mujer. De las 94 listas plurinominales presentadas, 37 están encabezadas por mujeres, frente a 57 lideradas por hombres, según un análisis del Observatorio de Género de esa organización.
La desigual distribución se repite en los binomios presidenciales: de los diez inscritos, uno está encabezado por una mujer, Eva Copa, candidata a la presidencia por el partido MORENA; y en otra fórmula, una mujer figura como candidata a la vicepresidencia, Mariana Prado, por la Alianza Popular.

Esta es la participación femenina más baja en binomios desde 2009, de acuerdo con el estudio realizado por el Observatorio de Género: «Llama la atención que éste sea el proceso electoral con menor cantidad de mujeres desde el año 2009, puesto que en los comicios de la pasada década hubo una mayor cantidad de mujeres», tal como se expresa en la siguiente tabla:

La Coordinadora de la Mujer señala que la práctica de presentar listas incompletas ha sido una estrategia utilizada por al menos siete partidos para evitar que mujeres encabecen listas. Al registrar un número par de candidaturas —lo cual es legal—, las organizaciones evaden la aplicación del principio de alternancia, que obliga a que en listas impares se intercalen mujeres y hombres, comenzando por una mujer.
Esto también se evidenció en las diputaciones especiales indígenas y supraestatales. Según observó la Coordinadora, dos organizaciones políticas —Autonomía por Bolivia Súmate y el Partido Demócrata Cristiano (PDC)— vulneraron la normativa vigente al presentar cuatro candidaturas para las circunscripciones especiales indígena originario campesinas (IOC), por debajo del mínimo de siete exigido por el artículo 10 del Reglamento de inscripción y registro de candidaturas.
Aunque la ley permite listas incompletas, el artículo 16, inciso II, establece que al menos cuatro de esas candidaturas deben ser encabezadas por mujeres. Sin embargo, en ambos casos esa disposición no se cumplió: Súmate inscribió dos mujeres y dos hombres; y el PDC, tres mujeres y un hombre, sin garantizar que las cuatro listas fueran lideradas por mujeres, como exige la norma.

En el caso de las candidaturas a representantes ante organismos supraestatales, la Coordinadora de la Mujer advirtió que el PDC repitió la estrategia de evitar la obligación de inscribir un mínimo de cinco mujeres. Esta omisión refuerza mecanismos que limitan el acceso efectivo de las mujeres a espacios de decisión política. En contraste, el resto de las organizaciones políticas sí cumplió con el requisito mínimo de registrar cinco candidatas para este cargo.

Un caso positivo se observa en Cochabamba, donde todas las organizaciones políticas inscribieron mujeres como titulares para las diputaciones especiales, asegurando así que, independientemente del resultado electoral, una mujer ocupará ese escaño.
Frente a estas irregularidades, diversas organizaciones —entre ellas el Movimiento Juntas Hacemos Historia, la Coalición Nacional Contra la Desinformación Electoral, Observa Bolivia, OXFAM y el Observatorio de Género de la Coordinadora de la Mujer— exhortaron al Tribunal Supremo Electoral (TSE) a aplicar de forma estricta los mecanismos de verificación en la etapa de subsanación, rechazando las listas que no cumplan la normativa vigente.
«Se recomienda que, durante la revisión del cumplimiento de la paridad y alternancia, el TSE tome en cuenta no solo la composición general de las listas, sino también las cantidades mínimas de candidaturas que deben registrarse, incluso en el caso de listas incompletas. En estos casos, debe verificarse que las mujeres también ocupen el primer lugar, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento», puntualiza el estudio del Observatorio.
Además, las organizaciones proponen que en futuros procesos electorales se establezca la obligatoriedad de que al menos el 50% de las listas plurinominales sean encabezadas por mujeres. De este modo, se busca una representación sustantiva y no meramente formal, y se garantiza que la paridad no sea solo un requisito en el papel, sino una realidad en la práctica democrática del país.
Aquí puede ver el estudio completo:
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