Decreto 5516 promueve arancel cero para maquinaria destinada al agronegocio y minería

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Maquinaria pesada. Foto: IBCE

 Vladimir Ledezma/Agencia de Noticias Ambientales

El reciente Decreto Supremo 5516 emitido por el gobierno de Rodrigo Paz y sus ministros determina una alícuota del gravamen arancelario para maquinaria y equipos destinados al agronegocio y al extractivismo, entre otros rubros, con lo cual se incentiva al avance de la frontera agrícola y minera.

Esta normativa que no dejó de causar alarma y preocupación en círculos ambientalistas y otros relativos, textualmente señala lo siguiente: Artículo 24 (Modificación de la Alícuota del Gravamen Arancelario): «Se modifica a cero por ciento (0%) la alícuota del Gravamen Arancelario hasta el 31 de diciembre de 2026, para la importación de maquinaria, equipos y unidades funcionales destinados a la industria alimenticia, agroalimenticia, textil y metalúrgica, neumáticos, aceites lubricantes, baterías y repuestos de vehículos para automóviles identificados en los Anexos 3 y 4 del presente Decreto Supremo».

Al respecto esta agencia consultó con la abogada ambientalista Vania Pavel Von Ostern quien expresó: “Con todo eso vienen los desmontes y también como dice metalúrgica, ahí sí sería sobre el procesamiento, transformación de todo lo que es la minería, estaría facilitando la importación de maquinaria. Bueno, aquí, claro, dice como industria alimenticia y agroalimenticia, pero ahí es como promover indirectamente la extensión de la frontera agrícola y facilitar”.

La norma contiene 32 artículos, cinco disposiciones transitorias y una abrogatoria.

“Hecha la ley, hecha la trampa”

De igual modo fue consultado Vlady Muñoz Saldías, también abogado y presidente de la Coordinadora en Defensa de la Madre Tierra (Codma) quien corroboró que esa normativa favorece plenamente a la agroindustria y desde luego, a la minería:

“En este contexto, claramente, el fin y el objetivo de este artículo va directamente en beneficio de todos aquellos insumos que requiere la agroindustria, que requiere la minería, entonces, en un resumen, no nos favorece mucho a la población civil, pero sí, totalmente, y abarata totalmente los costos de la agroindustria y la minería que de paso, los aportes que hacen en regalías, en impuestos, son bajísimos, entonces es clara la norma, no ha cambiado en esto casi nada”.

Pilar Espinoza, activista ambiental y líder del colectivo Acción Ecológica, al referirse al tema hizo conocer su indignación dando a entender que la naturaleza, hoy, más que nunca, se halla a merced de los designios de instancias privadas que solamente buscan beneficios económicos para sí en detrimento de la vida, los ecosistemas y la biodiversidad, pues el artículo 24 se refiere a unidades funcionales destinadas a la agroindustria, lo cual permite entenderlos como transgénicos y agrotóxicos.

“Yo lo veo amañada la cuestión, esto tiene un trasfondo, estos tipos ya pueden estar firmando contratos hasta donde está vigente el famoso decreto, ya pueden hacer amañadamente y decir que hemos aplicado este famoso artículo 25 donde dice plenamente dar luz verde, maquinaria, semilla, territorio ¿qué es eso?, por qué no dice para la alimentación sin transgénicos”.

También fue consultada la activista ambiental Rita Saavedra, titular de la plataforma Consumidores Conscientes, quien observó que el mencionado decreto, en el artículo 24, precisamente cuando hace referencia a las unidades funcionales en términos arancelarios, en este caso destinadas a la industria alimenticia y a la minería, se refiere a que forman parte de la maquinaria:

“Todavía nos mantenemos alerta porque en el anterior decreto (DS 5503 que fue abrogado), se establecía arancel cero a insumos agrícolas también, no solo maquinaria como está establecido acá, cuando hablamos de insumos agrícolas es que se está hablando de semillas transgénicas y de sus agrotóxicos. Entonces esos son un poco los temores que nos sobrevienen de este artículo que explícitamente estarían despejando, pero como siempre hecha la ley, hecha la trampa”. 

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