Recientemente se ha modificado la Ley Marco de Autonomías y Descentralización destrabando uno de los requisitos que estaba impidiendo el avance de procesos autonómicos de pueblos indígenas, sobre todo de dos importantes experiencias, que como CEJIS acompañamos, en el territorio de Lomerío en la Chiquitanía como en el Territorio Indígena Multiétnico 1 en el sur amazónico. Ambos procesos son los primeros que han emprendido el camino a la autodeterminación. Lomerío empezó el año 2009 justamente días más tarde de aprobada la nueva Constitución Política del Estado, habiendo presentado al mismo presidente su Estatuto Autonómico. Sin embargo, debido a que no existía una ley marco de autonomías, se esperó a que ésta se aprobara. Una vez aprobada, el problema fue que la norma establecía un conjunto de trabas burocráticas y pasos que debían dar los pueblos y territorios indígenas para alcanzar su autonomía, situación que ha dilatado el proceso hasta más de 10 años.
Entonces en este momento después de haber cumplido casi todos los requisitos, una de las trabas más fuertes, era el desarrollo del referéndum para aprobar su Estatuto Autonómico. Por ello, habiendo despejando ese requisito, tanto la autonomía del TIM 1 como la de Lomerío, podrán aprobar su máxima norma por normas y procedimientos propios, y su autonomía entraría en vigencia de manera inmediata a partir del próximo año en el marco del calendario electoral de las elecciones municipales próximas de marzo del 2020. Por tanto, creo que se abre una posibilidad, y que ahora tendrán los territorios que definir los mecanismos institucionales para el funcionamiento de sus nuevos gobiernos autónomos. Creemos que este como otros requisitos ociosos debieron haberse levantado mucho antes y no esperar diez años de dilatación del proceso. El desafío para los pueblos y sus organizaciones de estas autonomías es empezar a definir en el marco de sus estatutos el nuevo diseño institucional que operara la entidad territorial.
Hernán Ávila Montaño, director ejecutivo del CEJIS.