Tariquía y la resolución que paraliza la actividad petrolera. Foto composición Sumando Voces
El Juzgado Agroambiental de Entre Ríos dispuso la paralización temporal de las actividades del proyecto de perforación exploratoria Pozo Domo Oso X-3, ubicado en el bloque San Telmo Norte, provincia O’Connor del departamento de Tarija, como medida cautelar ambiental preventiva y precautoria.
La determinación está contenida en el Auto Interlocutorio N° 06/2026, emitido el 16 de enero de 2026, dentro de una Acción Ambiental Precautoria presentada por el Defensor del Pueblo, Pedro Francisco Callizaya Aro, contra autoridades del área de hidrocarburos y la empresa estatal Petrobras S.A., incorporada al proceso como demandada.
Según el documento, la paralización tendrá una duración inicial de 30 días calendario, plazo en el que las instituciones demandadas deberán presentar sus alegaciones e informes, realizarse una audiencia de inspección en el área del proyecto y desarrollarse una audiencia pública, tras lo cual el juzgado emitirá una resolución sobre el fondo del asunto. La medida cautelar podrá ser ratificada, modificada, ampliada o dejada sin efecto, de acuerdo con los resultados del proceso.
El juzgado fundamenta la decisión en el carácter preventivo y precautorio del derecho ambiental, con el objetivo de evitar posibles daños mientras se evalúan las condiciones reales del proyecto de perforación exploratoria de gas natural y/o petróleo.
Como parte del proceso, se fijó una audiencia de inspección en el área de emplazamiento del proyecto para el lunes 9 de febrero de 2026 a las 10:00, en el cantón Chiquiacá del municipio de Entre Ríos, con la finalidad de constatar de manera directa las condiciones del sitio intervenido.
Asimismo, se convocó a una audiencia pública para el viernes 13 de febrero de 2026 a las 09:00, que se desarrollará en la Casa de Justicia de Entre Ríos, bajo modalidad presencial y virtual, con la participación de las partes procesales, terceros interesados y amigos de la corte debidamente apersonados.
El juzgado también ordenó al Ministerio de Hidrocarburos y Energía y a YPFB remitir, en un plazo máximo de 10 días hábiles, documentación e información requerida para el análisis del caso.
La acción judicial se inscribe en un contexto de creciente debate sobre los impactos ambientales de las actividades hidrocarburíferas en zonas sensibles del sur del país y el cumplimiento de los principios de prevención, precaución y participación ciudadana en proyectos extractivos.
Aquí puede leer la resolución:

También le puede interesar:





